BOLETIN OFICIAL Nº 87 – 04/08/2023
DECRETO N° 8475-E/2023.-
EXPTE. N° 200-362/21.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 JUN. 2023.-
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita el recurso jerárquico interpuesto por el Sr. Diego Santiago Paredes, D.N.I. N° 29.404490, en contra del Memorándum de fecha 13 de octubre del año 2021, emitido por la entonces Ministra de Educación; y
CONSIDERNADO:
Que, de los antecedentes surge que el recurrente, Sr. Diego Santiago Paredes, interpone recurso jerárquico en contra de Memorándum emitido por la entonces Ministra de Educación, a través del cual se dispuso que el agente pase a cumplir funciones en Sección Licencias de Planta Central – Área Recursos Humanos dependiente de la Dirección Provincial de Administración, a partir de la fecha de su notificación y hasta nueva disposición.-
Que, el Sr. Paredes fue notificado el día 19 de octubre de 2021 de dicho memorándum, y disconforme del mismo interpuso recurso de revocatoria ante la Ministra de Educación en fecha 25 de octubre de 2021.-
Que, operada la denegatoria tácita el recurrente incoa el presente recurso jerárquico ante el Sr. Gobernador, el día 08 de noviembre de 2021.-
Que, el agente Diego Santiago Paredes se agravia porque entiende que el acto recurrido se encuentra viciado de grave irregularidad ya que dispone el traslado sin tener en cuenta su situación personal, y que no se le consultó si estaba interesado en ser trasladado al sector en el cual se lo reubicó.-
Que, además considera que se viola el derecho adquirido, y que la condición para modificar su status es incurrir en mal conducta o no poseer competencia, capacidad o conocimiento para desempeñar las funciones que le fueron designadas.-
Que, los agravios invocados por el recurrente carecen de sustento dado que, conforme jurisprudencia imperante, en la medida que no se afecte la categoría y/o los haberes del agente, no existe impedimento por parte de la autoridad jerárquica para realizar modificaciones en cuanto al lugar en que se presten las funciones.-
Que, es el traslado en funciones un acto de organización de la actividad estatal de carácter discrecional.-
Que, la prerrogativa denominada ius variandi resulta aplicable a la relación de empleo o función pública, en la medida que no se traduzca en una reducción sustancial de las remuneraciones.-
Que, obra dictamen de la Asesora Legal de Fiscalía de Estado compartido por el Coordinador del Departamento de Asuntos Legales del citado organismo, del cual se desprende que corresponde emitir el acto administrativo que rechace el recurso jerárquico interpuesto por el Sr. Santiago Paredes en virtud de resultar legitimo el memorandum recurrido.-
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Recházase por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sr. Diego Santiago Paredes, D.N.I. N° 29.404.490, en contra del Memorándum de fecha 13 de octubre del año 2021, emitido por la entonces Ministra de Educación, en virtud de lo expuesto en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación procédase a notificar al recurrente lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado, Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación para demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR