BOLETIN OFICIAL Nº 86 – 02/08/2023
DECRETO N° 8392-MS/2023.-
EXPTE. N° 1414-2302/2019.-
c/agdo. 1414-9860/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 JUN. 2023.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el artículo 2° del Decreto N° 1.709-MS/20, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2°: Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el Retiro Obligatorio por Invalidez del Cabo Primero Isrrael Hurtado Escalante, D.N.I. N° 93.027.486, Legajo N° 14.637, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14° Inc. k) concordante con el artículo 22° inc. a) de la Ley N° 3.759/81 (Retiro Obligatorio por Invalidez en y por acto propio de servicio).”
ARTÍCULO 2°.- Por Intermedio de la Unidad de Control Previsional dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, procédase a la regularización de los haberes del administrado, conforme lo dispuesto por la manda judicial.-
ARTÍCULO 3°.- Por la Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capitulo III, articulo 50º y concordantes de la Ley Nº 1.886/48.-
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR