BOLETIN OFICIAL Nº 78 – 14/07/2023

SALES DE JUJUY PTE. LTD. Traducción Pública. En el margen superior derecho, aparece un código QR, y sobre la izquierda se observa una estampilla con la leyenda Notario público República de Singapur”].- CERTIFICADO NOTARIAL. A QUIEN CORRESPONDA: Yo, Lim Chee Kiang, NOTARIO PÚBLICO debidamente admitido, autorizado a ejercer en la República de Singapur, CERTIFICO que el documento que se adjunta marcado es una copia fotográfica fiel del original de la RESOLUCIÓN POR ESCRITO DE LOS DIRECTORES de SALES DEJUJUY PTE. LTD, una empresa de Singapur debidamente constituida y existente, registrada ante la Autoridad Reguladora de Contabilidad y Sociedades de Singapur con el número 201201634R, aprobada el 5 de octubre de 2022, sobre: CAMBIO DE REPRESENTANTES LEGALES; EN FE Y TESTIMONIO de lo cual, yo, el mencionado notario, he suscrito mi nombre y he estampado mi sello en Singapur, a los 25 días del mes de octubre de 2022.- [Sigue una firma] Notario Público. Singapur.- [Sigue un solo con el texto:] Notario público. Lim Chee Kiang, NP 2002/0558. 1 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2023. Singapur.- En virtud de la Regia 8(3)(c) del Reglamento Notarial, un Certificado Notarial debe ser autenticado por la Academia de Derecho de Singapur para ser válido.- A partir del 16 de septiembre de 2021, un Certificado Notarial se considerará válidamente autenticado mediante la colocación de una Apostilla en el reverso. APOSTILLE- (Convention de la Haye du 5 Octobre 1981)- Esta Apostilla solo certifica la autenticidad de la firma, el sello o la estampilla y la capacidad del autor que firmó el documento público adjunto y según corresponda, la identidad del sello o la estampilla. No certifica la autenticidad del documento subyacente.- Si este documento ha de ser utilizado en un país que no sea parte de la Convención de Haya del 5 de octubre de 1961, deberá ser presentado a la sección consular de la misión que representa dicho país. Para verificar esta Apostilla, visite https://legalisation.sal.sg o escanee el código QR: [sigue un código QR]. Código de verificación: 83560578- 1. País Singapur- El presente documento público- 2. Ha sido firmado por: Liam Chee Kiang- 3. Quien actúa en calidad de: Notario público- 4. Lleva el sello/timbre de Notario público- Certificado- 5. En: Academia de Derecho de Singapur- 6. El: 26 de octubre de 2022- 7. Por Melissa Goh, directora de Servicios Estatutarios, SAL- 8. N° AC0M8B0E31- 9. Sello/Timbre: [sigue un timbre con el texto:] Sello de certificación.- 10. Firma: [sigue una firma]- [Al pie de la primera página del documento se lee #VPW:LTR8965# y aparece una firma y un sello que reza:] Notario público. Lim Chee Kiang, NP 2002/0558 1 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2023. Singapur- [A partir de la página dos, se observa un encabezado con el texto:] SALES DE JUJUY PTE. LTD. (Número de inscripción de la empresa 201201634R), RESOLUCIÓN POR ESCRITO DE LOS DIRECTORES (CONTINUACION)- Cambio de representantes legales- SALES DE JUJUY PTE LTD. (Constituida en Singapur) (Número de inscripción de la empresa 201201634R) (la “Sociedad”)- RESOLUCION POR ESCRITO DE LOS DIRECTORES DE CONFORMIDAD CON EL ACTA CONSTITUTIVA DE LA SOCIEDAD- CAMBIO DE REPRESENTANTES LEGALES- SE HACE CONSTAR QUE: A. La Sociedad es accionista de (i) Sales de Jujuy S.A. (“SDJSA”), una compañía inscripta en República Argentina y (ii) Los Andes Compañía Minera S.A. (“Los Andes”), una compañía inscripta en la República Argentina (en conjunto, las Sociedades Argentinas). B. La Sociedad ha designado a Santiago Saravia Frías, DNI 21.311.239 como Representante legal para representar a la Sociedad con efecto a partir del 13 de febrero de 2012.- C. La Sociedad desea nombrar a las siguientes personas, individual o conjuntamente, como representantes legales en lugar de Santiago Saravia frías con efecto inmediato y con poderes suficientes para representar a la Sociedad como accionista de cualquier sociedad argentina (incluidas las Sociedades Argentinas) en la que participe en virtud del artículo 123 de la Ley General de Sociedades N. 19.550 (y sus modificatorias) (la Ley General de Sociedades): Martín Pérez de Solay (DNI 21.104.654).- Hersen Amilcar Porta (DNI: 14.988.541).- Nicolás Martín Mordeglia (DNI: 17.453.928) (en adelante, los Representantes legales).- SE RESUELVE: 1. Revocar con efecto inmediato el nombramiento de Santiago Saravia Frías, DNI 21.311.239, como representante legal de la Sociedad para representar a la misma.- 2. Nombrar y autorizar a Martín Pérez de Solay, DNI 21.104.654, o en su defecto, a Hersen Amilcar Porta DNI 14.988.541, o en su defecto, Nicolás Martín Mordeglia, DNI 17.453.928, como Representantes legales de la Sociedad con poderes suficientes para lo siguiente: a. individualmente cada uno de ellos registrar la revocación del nombramiento de Santiago Saravia Frías como representante legal de la Sociedad ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de Jujuy y cualquier otra entidad gubernamental o judicial aplicable en Argentina- b. individualmente cada uno de ellos registrar el nombramiento de Martín Pérez de Solay, Hersen Amilcar Porta y Nicolás Martín Mordeglia como representantes legales de la Sociedad con poderes suficientes para, conjunta o individualmente, representar a la Sociedad como accionista de cualquier sociedad argentina (incluidas las Sociedades Argentinas) en la que participe de acuerdo con el artículo 123 de la Ley General de Sociedades, ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de Jujuy y ante cualquier otra entidad gubernamental o judicial aplicable en Argentina; y c. conjunta o individualmente representar a la Sociedad en todos los asuntos, actos, transacciones, notificaciones y citaciones relacionadas con su condición de accionista en sociedades argentinas (incluidas las sociedades argentinas); y a tales efectos los faculta, conjunta o individualmente, entre otros, para lo siguiente: i. otorgar y firmar los documentos o escrituras privadas y públicas que exijan las leyes o disposiciones vigentes en la República Argentina, comparecer ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de Jujuy y ante cualquier autoridad, oficina u organismo administrativo o judicial nacional, provincial o municipal de la República Argentina para presentar peticiones y otros escritos; ii. intervenir en defensa de los intereses de la Sociedad en toda clase de juicios, procedimientos o demandas, pendientes o por iniciarse ante los Tribunales Nacionales o Provinciales de cualquier foro o jurisdicción, realizando los actos oportunos como demandante o demandado, acusador o denunciante o en cualquier otro carácter, con escritos, pruebas y toda clase de documentos, impugnar, promover o contestar toda clase de demandas y presentar reconvenciones, asistir a los juicios orales o conciliaciones presentar o solicitar el examen de documentos, firmas y caligrafía o peritajes, cuestionar, rechazar o aplazar la competencia, plantear o absolver posiciones y producir cualquier otro tipo de prueba o información, interponer y renunciar a los recursos, otorgar los documentos o escrituras necesarias y realizar todos los actos o tomar las medidas a procedimientos que puedan ser conducentes al buen desarrollo de este mandato; iii. comparecer y realizar todos los actos necesarios o convenientes ante la administración nacional provincial o municipal o ante autoridades administrativas de o dentro de la República Argentina, incluidos sus ministerios, secretarias, direcciones, dependencias y reparticiones en general, y en especial ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de Jujuy, con facultades para formular y presentar peticiones, solicitudes y otras formas de peticiones, denuncias, instrumentos jurídicos y escrituras, documentos e informes; interponer recursos administrativos, notificarse de las resoluciones, aceptarlas o recurrirlas; registrar instrumentos públicos o privados; designar los domicilios locales; hacer rectificaciones, aclaraciones, citaciones y emplazamientos, modificar las direcciones postales y electrónicas especiales registradas que se indican en el punto 4; iv. representar a la Sociedad como accionista en todas y cada una de las asambleas ordinarias y extraordinarias de cualquier sociedad existente o por crearse en la República Argentina (incluidas las Sociedades Argentinas), con facultades suficientes para intervenir, analizar, aprobar y votar, entre otros, cuentas y balances, informes, declaración de dividendos en efectivo, en acciones o en especie, distribuciones de utilidades, designación de directores, síndicos y administradores de bienes, designación de gerentes, modificaciones de los estatutos, aumentos de capital, emisión de acciones y todos y cada uno de los asuntos que puedan ser presentados ante dichas asambleas de accionistas; firmar las actas de dichas asambleas en nombre de la Sociedad, depositar las acciones o certificados de acciones de la sociedad argentina para su inscripción en el registro de asistencia a asambleas y retirarlas; ejercer o renunciar al derecho de suscripción preferente y abonar los aportes de capital de los accionistas; solicitar la convocatoria de toda clase de asambleas; otorgar poderes para asistir en nombre de la Sociedad a las asambleas de accionistas o a cualquier medio de adopción de resoluciones comerciales en las sociedades en las que la Sociedad intervenga como accionista o socio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 239 de la Ley General de Sociedades, y en general, realizar todos los actos que la Ley General de Sociedades o los estatutos correspondientes permitan a los accionistas y que sean convenientes para el interés de la Sociedad; v. intervenir en la organización de sociedades anónimas, de responsabilidad limitada o de cualquier tipo de sociedades argentinas según se establezca en la Ley General de Sociedades de las que la Sociedad sea accionista o vender o adquirir participaciones en sociedades ya constituidas en la República Argentina. A tal efecto, los Representantes Legales están facultados para otorgar la escritura pública o los instrumentos públicos o privados que sean necesarios para la constitución de la Sociedad, para representar a la Sociedad en la asamblea de accionistas o en el acuerdo de constitución y ejecución de los estatutos para suscribir acciones, para efectuar los pagos necesarios, para designar a los miembros del directorio y del órgano de fiscalización, y para fijar el domicilio legal de la Sociedad. – vi. El nombramiento es válido por un periodo indefinido hasta que sea revocado.- 3. Nombrar y autorizar a Martín Pérez de Solay, o en su defecto, Hersen Porta, o en su defecto, Nicolás Martín Mordeglia, o en su defecto, Carlos Carrillo, o en su defecto, Cecilia Méndez, o en su defecto, Florencia Morales, en forma separada o alternativa, para representar a la Sociedad en todos los asuntos en curso o que puedan surgir en lo sucesivo a fin de realizar los trámites necesarios para la habilitación de la Sociedad y la inscripción de esta resolución ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de Jujuy o cualquier autoridad administrativa o judicial competente de dicha provincia donde sea necesario, incluida la firma de escrituras, documentos, testimonios y todo lo que admita la ley en los términos, a los efectos y con las limitaciones que contiene el artículo 123 de la Ley General de Sociedades.- 4. Las siguientes direcciones postales y de correo electrónico especiales son vinculantes para la Sociedad con respecto a todas las comunicaciones referidas a la actuación y el cese de los Representantes legales designados: Dirección postal especial: Curupaytí 151 Barrio Alto Padilla de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, Argentina.- Dirección de correo electrónico especial: nicolas.mordeglia@allkem.co- 5. Autorizar la colocación del sello común de la Sociedad, de conformidad con su acta constitutiva, en el mencionado documento cuando sea necesario.- Fecha: 5 de octubre de 2022.- [Sigue una firma] MASAHARU KATAYAMA (Director suplente, Jun Shibano)- [Sigue una firma] Neil Kaplan (16 de septiembre, 2022, 13:38 GMT+10) NEIL JONATHAN KAPLAN- [Sigue una firma] Rick Anthon (6 de octubre de 2022, 08:52 GMT+11) RICHARD STACY ANTHON- [Sigue una firma) MARTIN PÉREZ DE SOLAY – [Sigue una firma SHIGERU NAKASHIMA – [Sigue una firma] HIDEKI YANASE (Director suplente: Yasuo Matsuoka)- [Siguiente página]- [Como pie de página, aparece el logo de Allkem seguido de la inscripción Creado con Adobe Acrobat Sign”] – Resolución de los Directores de SDJ PTE-Cambio de representante legal – Informa final de auditoria-2022-10-05- Creado: 2022-09-16 – Por: Katie Winters (katie.winters@allkem.co) – Estado: firmado- ID de la transacción: CBJCHBCAABAA2cM3O-FEVvwKi6 GRHYHofFWilgMZSX6 – Historial de Resolución de los Directores de SDJ PTE-Cambio de representante legal” – [Aparece un icono] Documento creado por Katie Winters (katie.winters@allkem.co) – 2022-09-16-03:13:58 GMT-Dirección IP: 180.150.95.25 -[Aparece un icono] Documento enviado por correo electrónico a Neil Kaplan (neil.kaplan@allkem.co) para su firma-  2022-09-16-03:17:26 GMT- [Aparece un icono] Documento enviado por correo electrónico a Rick Anthon (rick.anthon@allkem.co) para su firma- 2022-09-16-03:17:26 GMT- [Aparece un icono] Documento enviado por correo electrónico a Martín Pérez de Solay (martin.perezdesolay@allkem.co) para su firma- 2022-09-16-03:17:27 GMT – [Aparece un icono] Correo electrónico visto por Neil Kaplan (neil.kaplan@allkem.co) – 2022-09-15-03:38:21 GMT- Dirección IP: 104.28.125.4 – [Aparece un icono] Documento firmado electrónicamente por Neil Kaplan (neil.kaplan@allkem.co) – Fecha de la firma: 2022-09-16- 03:38:45 GMT- Fuente de tiempo: servidor – Dirección IP: 120.17.183.116 – [Aparece un icono] Correo electrónico visto por Rick Anthon (rick.anthon@allkem.co) – 2022-09-16- 04:42:46 GMT- Dirección IP: 104.28.90.9 –  [Aparece un icono] Correo electrónico visto por Rick Anthon (rick.anthon@allkem.co) – 2022-09-27 – 15:20:31 GMT- Dirección IP: 104.28.90.6-  [Aparece un icono] Correo electrónico visto por Martín Perez de Solay (martin.perezdesolay@allkem.co)-  2022-10-04- 13:59:51 GMT- Dirección IP: 190.2.46.213 – [Aparece un icono] Correo electrónico visto por Martin Perez de Solay (martin.perezdesolay@allkem.co)- 2022-10-05- 16:16:29 GMT- Dirección IP: 190.2.46.213-  [Aparece un icono] Documento firmado electrónicamente por Martín Pérez de Solay (martin.perezdesolay@allkem.co) – Fecha de la firma: 2022-10-05 – 16:17:22 GMT – Fuente de tiempo: servidor – Dirección IP: 190.2.46.213 – [Aparece un icono] Correo electrónico visto por Rick Anthon (rick.anthon@allkem.co) 2022-10-05 – 21:49:45 GMT – Dirección IP: 104.28.90.6 – [Aparece un icono] Documento firmado electrónicamente por Rick Anthon (rick.anthon@allkem.co) – Fecha de la firma: 2022-10-05 – 21:52:10 GMT – Fuente de tiempo: servidor – Dirección IP: 27.33.255.67- completado- 2022-10-05 – 21:52:10 GMT- Es traducción fiel del ingles al español del documento adjunto que he tenido a la vista y al cual me remito en Buenos Aires a los 4 días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.- TRADUCCION PUBLICA- ZULMA ADELA BIANCHI- INSC. C.T.P.B.A. Nº 2299- COLEGIO DE TRADUCTORES PUBLICOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES-  LEGALIZACION Nº A-00027113- SERGIO A. IERVASI- JEFE DE LEGALIZACIONES- COLEGIO DE TRADUCTORES PUBLICOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES- ACT. NOT. Nº A 00241037 – ESC. GASTON SANTIAGO APARICIO- TIT. REG. Nº 34. S. S. DE JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 421-DPSC/2023- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-613/2022.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 14 de Junio de 2023.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

14 JUL. LIQ. Nº 33097 $800,00.-