BOLETIN OFICIAL Nº 77 – 12/07/2023

MUNICIPALDIAD DE PERICO

ORDENANZA Nº 1.620  /2.023.-

REF. “DEROGACION de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene” Expte. Nº 10.895/2.023. Iniciado por Todos los concejales.

VISTO:

Las Ordenanzas Nº 993/13; 1565/2.022; 1583/2.023; la situación crítica financiera y económica que atraviesa el país; la necesidad de incentivar la instalación de industrias y comercios;

CONSIDERANDO:

Que, en las precitadas normas se dispone el alcance y aplicación de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene.

Que, si bien la creación de la tasa municipal resulta totalmente constitucional, conforme lo resulto por la Jurisprudencia de nuestro Superior Tribunal de Justicia, surge necesario como consecuencia de la situación crítica financiera y económica que atraviesa nuestro país, derogar la misma, a fines de ayudar a los comercios e industrias que se asientan a nuestro Ejido Municipal a morigerar los perjuicios que le ocasionan los impuestos provinciales y municipales al desarrollo de su actividad.

Que, asimismo, es deber del estado municipal buscar una cierta estabilidad tributaria para generar marcos de incentivos a la instalación en nuestro municipio de comercios e industrias que forjen mayores puestos de trabajos para sus habitantes peleando con ello el desempleo, la pobreza e inseguridad, garantizando en definitiva el derecho a obtener una justa remuneración y el derecho de propiedad que poseen jerarquía constitucional.

Que, amén de ello, es dable resaltar con la instalación de la zona Franca de Perico la necesidad de generar una política de promoción para conseguir inversores que vengan e impulsen el comercio exterior del municipio y de nuestra provincia lo que beneficiara y potenciara sin lugar a dudas y en forma positiva a nuestro Parque Industrial.

Nuestra Carta Orgánica Municipal, dispone que es facultad del Concejo Deliberante “por propia iniciativa y/o propuesta del Ejecutivo, crear y aumentar los tributos que les correspondiere al municipio…” Y así mismo dispone “que las Ordenanzas impositivas o tributarias sean de carácter general o particular, tendrán vigencia mientras no sean modificadas o derogadas…”

Por ello y en uso de las facultades establecidas por la Carta Orgánica Municipal y demás disposiciones vigentes en la materia;

EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO

SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Artículo 1º.- DERÓGASE LA “TASA POR INSPECCION DE SEGURIDAD, SALUBRIDAD E HIGIENE”, correspondiente a las Ordenanzas Nº 993/013 Ref.: “Modificación de Alcance y Aplicación de la tasa por Inspección de Seguridad e Higiene”, Nº 1565/2.022. Ref.: “Ratificase la Creación de la tasa de Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene, Fijación de Valores Tributarios – Modificación y alcance de la misma; y Nº 1583/2.023. Ref.: Modificación del art. 11,12 y Anexo I- Grupos de Actividades” Económicas, Alícuotas, y Nomenclador de la Ordenanza Nº1565/2.022.

Artículo 2º.-DERÓGASE todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza.

Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su Cumplimiento.

Publíquese. Infórmese a todos los Comerciantes. Dese amplia difusión. Cumplido. Archívese.

 

SALA DE SESIONES, 18 DE MAYO DEL 2.023.-

 

  1. Anahi Juárez

Vicepresidente a cargo del C.D.