BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 06/11/15
EXPTE. Nº MA-641-080/2003.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 SET. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Ratificase la Resolución Nº 025-IJC-2006, dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudicase a Título Gratuito a la Sra. BEATRIZ BERNABELA CORIA, D.N.I. Nº 12.193.317, la Parcela Rural Fiscal Nº 857, Padrón I-5389, con una superficie de 6535,41 m2 ubicado en el Distrito de Juella, Departamento de Tilcara, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura de Fracción y División aprobado, bajo el Nº 06075 por la Dirección General de Inmuebles, en fecha 14 de marzo de 2006.
ARTICULO 2º.-Déjase establecido que la parcela adjudicada en el artículo anterior se encuentra en la Quebrada de Humahuaca, declarada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, como así designada Paisaje Protegido en virtud de la Ley Nº 5206, Reglamentado por Decreto Nº 789/04, en el Área V de Máxima Protección y Área de Amortiguación de la Quebrada, se regirá por la normativa vigente, el Plan de Gestión del Patrimonio y las demás disposiciones legales concordantes y las que en el futuro las modifiquen, reemplacen o sustituyan. Establécese que los Recursos Naturales y Parques Provinciales y Nacionales que existirán o a crearse en el inmueble adjudicado se regirán por la Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial Nº 5206 y Decreto Nº 789-G-2004 y el Artículo 15 primer apartado del Convenio Nº 169 de O.I.T.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR