BOLETIN OFICIAL Nº 76 – 10/07/2023
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7- Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº B-083680/17 caratulado: “Ejecutivo: CARSA S. A. c/ BURGOS JORGE RAUL NAHUEL”, se hace saber al demando BURGOS JORGE RAUL NAHUEL la siguiente Providencia que a continuación se transcribe “San Salvador de Jujuy, 03 de Febrero del 2020: Autos y Vistos…Resulta… Considerando…Resuelve: I.- Tener por presentado al Dr. Sergio Marcelo Cau Loureyro, Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en representación del demandado ausente Sr. BURGOS JORGE RAUL NAHUEL, a mérito de las facultades conferida a fs.65.- En consecuencia mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por C.A.R.S.A. S.A., en contra de BURGOS JORGE RAUL NAHUEL, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: DOCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA y SIETE con 65/100 – ($12.247,65), con más las costas del Juicio y el interés a la TASA ACTIVA cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina, desde la mora y hasta el efectivo pago mas un interés punitorio del 50% de la ordenada precedentemente.- II.- Regular los honorarios de la Dra. ANALIA E. ALMAZAN en la suma de PESOS: TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA y CINCO ($3.375), conforme lo dispuesto por el Art.35 de la ley 6112, atendiendo a la labor desarrollada en autos, el monto ejecutado, las etapas cumplidas y el resultado acaecido; suma, ésta, calculada a la fecha de la presente y la que sólo en caso de mora devengará interés a TASA ACTIVA cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina, con más I.V.A. si correspondiere.- III.- Notificar la presente resolución a la accionada en la Persona del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes y mediante Edictos.- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.-VI.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes, C.A.P.S.A.P. y por Edictos.- Fdo: Dra. Lis Valdecantos Bernal – Juez – Ante Mí: Dra. Sandra Mónica Torres- Secretaria Por Habilitación. Publíquense edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art 162 del CPC) por tres veces en cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos.- San Salvador de Jujuy, 12 de abril de 2.021.-
07/10/12 JUL. LIQ. Nº 33006 $1.650,00.-