BOLETIN OFICIAL Nº 75 – 07/07/2023

DECRETO ACUERDO N° 7550-S/2022.-

EXPTE. N° 773-657/22.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC. 2022.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Convenio Interministerial, suscripto entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy, representado por su titular el Dr. LUIS ANTONIO BULJUBASICH, y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy, representado por su entonces titular la Sra. Ministra NATALIA SILVINA SARAPURA, en fecha 11 de Julio de 2022; y

CONSIDERANDO:

Que, el referido Convenio tiene como objeto el traslado al ámbito del Ministerio de Desarrollo Humano de las Residencias de Larga Estadía que fueron asignadas al ámbito del Ministerio de Salud en el Marco del Plan de Acción Integral de Adultos Mayores COVID-19 Coronavirus, mediante Decreto Acuerdo N° 776-S-2020, a partir del 15 de julio de 2022, incluyendo infraestructura, administración y personal existente en las residencias “Nuestra Señora del Rosario” de Tilcara, “Nuestra Señora del Carmen” de Perico, “Dr. Pérez Frías” de El Carmen, y “Guillermón” de San Salvador de Jujuy;

Que, se agrega en autos informe detallado elevado a la Sub-Secretaria Técnica Operativa del Ministerio de Salud, sobre el estado de las residencias al momento del traspaso del Ministerio de Desarrollo Humano al Ministerio de Salud;

Que, obra intervención” de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud;

Que, Fiscalía de Estado emite dictamen de competencia, de cuyos términos surge que no existe óbice legal alguno para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, en uso de facultades propias y a los efectos de su regularización administrativa;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Téngase por aprobado el Convenio Interministerial, suscripto en fecha 11 de Julio de 2022, entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy, representado por su titular el Dr. LUIS ANTONIO BULJUBASICH, y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy, representado por su entonces titular la Sra. Ministra NATALIA SILVINA SARAPURA, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Déjese sin efecto el artículo 7° del Decreto Acuerdo N° 776-S-2020, de fecha 15 de abril de 2020, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase a Boletín Oficial para su publicación en forma integral, y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Gobierno y Justicia; Hacienda y Finanzas; Desarrollo Económico y Producción; Infraestructura, Servicios Públicos; Tierra y Vivienda; Desarrollo Humano, Educación, Trabajo y Empleo; Cultura y Turismo; Ambiente y Cambio Climático, Seguridad y Planificación Estratégica y Modernización.- Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR