BOLETIN OFICIAL Nº 74 – 05/07/2023

CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE EL CARMEN

ORDENANZA N° 874/CD/2.023

CIUDAD DE EL CARMEN, 08 JUN. 2.023.-

VISTO.

El artículo 119 del Reglamento Interno del Concejo Deliberante, el artículo 117 de la Ley Orgánica de Municipios 4466, y…

CONSIDERANDO:

Que, es de público conocimiento que nuestro cementerio local necesita de distintas obras para su normal funcionamiento y comodidad de las personas que llegan a ver a sus fieles difuntos.

Que, es de conocimiento que desde este cuerpo deliberativo se aprobó una norma que declara de emergencia la situación actual de nuestro cementerio en materia de espacio físico.

Que, al cumplimiento de la norma mencionada anteriormente, es nuestra iniciativa que nuestro cementerio cuente con un espacio como una capilla ardiente donde se pueda dar el último adiós a nuestros difuntos.

Que, veríamos con agrado que desde las áreas competentes lleven adelante un proyecto de la construcción y pueda ser incluido en la próxima partida presupuestaria por el año 2024 o en la que crea conveniente.

Que, a todo lo expuesto solicitamos al cuerpo deliberativo tenga en consideración nuestra proposición y nos acompañen para por brindar un espacio a las familias de nuestra ciudad.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 874/CD/2.023.-

ARTICULO 1º: Tramítese la construcción de una capilla ardiente en el cementerio local de nuestra ciudad, para que los vecinos puedan darle el último adiós fieles difuntos.

ARTICULO 2º: Prevéase en tal sentido la incorporación de dicho proyecto  en la partida presupuestaria por el periodo 2024 del Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 3º: Previa toma de razón pase al Departamento Ejecutivo y al área correspondiente para su conocimiento y efectos. Regístrese. Cumplido. Archívese.-

 

Prof. Gregorio Mamani

Presidente