BOLETIN OFICIAL Nº 71 – 28/06/2023

DECRETO Nº 8181-S/2023.-

EXPTE. Nº 713-1549/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 MAY. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º.- Promuévase a partir del 01 de enero de 2023, a la Sra. Solís, Rufina CUIL Nº 27-16569154-2, al cargo categoría B5, Agrupamiento Profesional. Escalafón Profesional, Ley N° 4413, personal de planta permanente de la Unidad de Organización R6-01-01- Centro Sanitario, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 5502, y su Decreto Reglamentario N° 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2º.- La erogación emergente del Presente Decreto se atenderá con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:

EJERCICIO 2023

La partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos, Ley N° 6325, para la Unidad de Organización “R 6-­01-01” Centro Sanitario, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando Créditos de la partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro- denominada: 1-1-1-1-1-60 “Adecuación Ley N° 5502”.-

ARTÍCULO 3°.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3°, Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, a tuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley N° 3161/74 modificada por Ley N° 5748.-

ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. –

ARTICULO 5°.- Regístrese. Tomen Razón Fiscalía de Estado y el Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para su conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. –

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR