BOLETIN OFICIAL Nº 67 – 16/06/2023

DECRETO Nº 8117-CyT/2023.-

EXPTE. Nº 764-09-2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 ABR. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Incorpórense y asígnense los cargos vacantes detallados seguidamente, con el fin de proceder a la designación de personal en la planta permanente en Jurisdicción “G” ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, Unidad de Organización -16 Instituto de Artes Audiovisuales, atento los motivos expresados en el exordio:

 

JURISDICCIÓN: “G” – ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

U. DE O.: 16 Instituto de Artes Audiovisuales de Jujuy

 

Escalafón profesional – Ley N° 4413

 

CATEGORÍA                                                 N° DE CARGOS

A-1 (i-1)                                                                        2

C-1 (i-1)                                                                        1

Subtotal                              3

 

Escalafón General – Ley N° 3161

 

CATEGORÍA                                                 N° DE CARGOS

3 (c-3)                                                                           2

Subtotal                              2

TOTAL                5

 

 

ARTICULO 2º.- Designese Personal Planta Permanente en la Jurisdicción “G” ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, Unidad de Organización 16 Instituto de Artes Audiovisuales de Jujuy (I.A.A.J.) a los siguientes agentes en los cargos vacantes creados en la Ley N°6325 de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2023:

 

  1. Abogada MELISA CECILIA ALANCAY; CUIL 27-32877096-8, Categoría A-1-(i-1) Agrupamiento Profesional – Escalafón Profesional;
  2. Contador Público CESAR MAURICIO COPA; CUIL 23-36183313-9, Categoría A-1-(i-1) Agrupamiento Profesional – Escalafón profesional;
  3. Técnica en Comunicación Social CAROLINA PILDAIN; CUIL 27-33504305-2 Categoría C-1-(i-1) Agrupamiento Profesional – Escalafón Profesional;
  4. ROMINA PAOLA FLORES; CUIL 27-33690920-7 Categoría 3 (c-3) Agrupamiento Administrativo- Escalafón General;
  5. MARIA CLARA ZAGO SINOPOLI; CUIL 27-26793111-4 Categoría 3 (c-3) Agrupamiento Administrativo- Escalafón General

 

ARTÍCULO 3º.- Ténganse por rescindidos los Contratos de Servicios, suscriptos oportunamente entre el Estado Provincial con los agentes mencionados en el artículo 2º del presente dispositivo.-

ARTÍCULO 4°.- La erogación del presente Decreto se atenderá con las respectivas Partidas de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “G”, U. DE O. 16- Instituto de Artes Audiovisuales de Jujuy bajo la órbita del Ministerio de Cultura y Turismo, Unidad de Organización G16, Remuneraciones de las Unidades de Organización antes mencionadas, previstas en el Presupuestos General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2023, Ley 6325.-

ARTÍCULO 5º.- Facúltese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las modificaciones, transferencias y/o creaciones de partidas presupuestarias necesarias, para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ordenamiento.-

ARTÍCULO 6º.- Las disposiciones del presente Decreto rigen a partir del 2 de mayo de 2023.-

ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Cultura y Turismo y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 8°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para su publicación, y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio Cultura y Turismo a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR