BOLETIN OFICIAL Nº 66 – 14/06/2023

DECRETO N° 7637-DEyP/2023.-

EXPTE. N° 2008-167/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 ENE. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Rectificase el Visto y Considerando del Decreto Nº 4390-DEyP/21, el cual quedara redactado de la siguiente manera:

“VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la promoción de la Sra. CRISTINA DEL MILAGRO SANTELLAN, DNI N° 14.553.997, CUIL N° 27-14553997-3, Categoría 19, del Escalafón General, Agrupamiento Administrativo, de la Planta de Personal Permanente de la Dirección Provincial de Desarrollo Agrícola y Forestal, al cargo categoría 24; y

CONSIDERANDO:

Que, la Sra. CRISTINA DEL MILAGRO SANTELLAN, a la fecha de inicio del expediente revestía la Categoría 19 del Escalafón General, Agrupamiento Administrativo, de la Planta de Personal Permanente de la de la Dirección Provincial de Desarrollo Agrícola y Forestal;

Que, obra en autos pedido de Adhesión al Beneficio contemplado en la Ley Nº 5502 de Otorgamiento de Ascenso Escalafonario Excepcional para el personal de la Administración Publico Provincial, que le corresponde a quienes les faltaren dos años de prestación de servicios o edad para acceder al Beneficio Jubilatorio Ordinario contemplado por la Ley Nacional Nº 24.241;

Que, la citada agente se encuentra comprendida dentro del régimen del Escalafón General de la Ley Nº 3161/74, por lo cual su adecuación corresponde efectivizarse a la categoría 24, conforme el nomenclador vigente y las disposiciones del Decreto Nº 8865-H/07, reglamentario de la Ley Nº 5502;

Que, a fs. 09, 17-19, la Dirección Provincial de Personal emite informe de competencia;

Que, a fs. 22/27 interviene la Dirección Provincial de Presupuesto, haciendo lo propio Contaduría de la Provincia a fs. 26 y 28;

Que, Fiscalía de Estado emite dictamen legal a fs. 21, el que es compartido por el Sr. Coordinador a cargo del Departamento de Asuntos Legales a fs. 21 vta., de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los extremos legales para proceder a la promoción de la agente al cargo categoría 24, a partir del Ejercicio 2021 (01/01/2021), de conformidad a lo dispuesto por el Decreto N° 8865-H/17, reglamentario de la Ley N° 5502/05;

Por ello, y en uso de facultades propias;”

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Desarrollo Económico y Producción, y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para publicación en forma sintética y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Dirección Provincial de Presupuesto. Vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, gírese a la Dirección Provincial de Desarrollo Agrícola y Forestal, a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR