BOLETIN OFICIAL Nº 66 – 14/06/2023

DECRETO N° 8154-G/2023.-

EXPTE. N° 300-6/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 ABR. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase la planta de personal del Instituto Provincial de Juegos de Azar de  Jujuy (InProJuy) prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2023, Ley 6256, como se indica a continuación:

CREASE EN LA:

 

JURISDICCION “G” – ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

U. de O. 14 – INSTITUTO PROVINCIAL DE JUEGOS DE AZAR DE JUJUY (InProJuy)

 

ESCALAFON PROFESIONAL LEY Nº 4413

CATEGORIA      CANTIDAD

A-5 (i-1)                 1

 

ESCALAFON GENERAL LEY Nº 3161

 

CATEGORIA      CANTIDAD

24 (C-1)                   1

 

ARTICULO 2°.- Dispónese la incorporación a la planta permanente de la Administración Pública Provincial en el cargo Categoría A-5, con más el Adicional por Mayor Horario (i-­1), Personal del Escalafón Profesional Ley N° 4413, Agrupamiento Profesional, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “G – Organismos Descentralizados” U. de O. 14 “Instituto Provincial de Juegos de Azar de Jujuy”, a Ester del Carmen CORVALAN, CUIL 27-22713106-9 a partir del 29 de Junio de 2022.-

ARTICULO 3°.- Dispónese la incorporación a la planta permanente de la Administración Pública Provincial en el cargo Categoría 24, con más el Adicional por Mayor Horario (c‑1), Personal del Escalafón General Ley N° 3161, Agrupamiento Administrativo, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “G – Organismos Descentralizados” U. de O. 14 “Instituto Provincial de Juegos de Azar de Jujuy”, a Diego Martín Rodrigo ARANA, CUIL 20-26501917-0 a partir del 03 de Agosto de 2022.-

ARTICULO 4°.- Dispónese la transferencia de cargo y persona de la agente Ester del 1 Carmen CORVALAN, CUIL 27-22713106-9, cargo Categoría A-5, con mas el Adicional por Mayor Horario (1-1), Personal del Escalafón Profesional Ley N° 4413, Agrupamiento Profesional, de la Jurisdicción “G” – Organismos Descentralizados – U. de O. 14 “Instituto Provincial de Juegos de Azar de Jujuy”, a la Jurisdicción “P” Ministerio de Desarrollo Económico y Producción – U. de O. 1 Ministerio a partir del 29 de Junio de 2022.-

ARTICULO 5°.- Dispónese la transferencia de cargo y persona del agente Diego Martín Rodrigo ARANA, CUIL 20-26501917-0, cargo Categoría 24, con más el Adicional por Mayor Horario (c-1), Personal del Escalafón General Ley N° 3161, Agrupamiento Administrativo, de la Jurisdicción “G” – Organismos Descentralizados – U. de O. 14 instituto Provincial de Juegos de Azar de Jujuy”, a la Jurisdicción “A” Gobernación – U. O. 3 Fiscalía de Estado a partir del 3 de Agosto de 2022.-

ARTICULO 6°.- Dispónese la transferencia de cargo y persona de la agente María de los Ángeles FLORES, CUIL 27-22609630-8, cargo Categoría 24 con más el Adicional por, Mayor Horario (c-3), Personal del Escalafón General Ley N° 3161,Agrupamiento Administrativo, de la Jurisdicción “G” – Organismos Descentralizados – U. de O. 14 “Instituto Provincial de Juegos de Azar de Jujuy”, a la Jurisdicción “A” Gobernación – U. 3 Fiscalía de Estado a partir del 15 de febrero de 2022, incorporada a planta riente de la Administración por Decreto N° 5201-G/22.-

ARTICULO 7°.- La erogación emergente del presente tramite se atenderá con la respectiva partida de Gasto en Personal asignadas a la Jurisdicción “A” Gobernación-Unidad de Organización 3 Fiscalía de Estado y la Jurisdicción “P” Ministerio de Desarrollo Económico y Producción – Unidad de Organización 1 Ministerio, una vez realizada la correspondiente trasferencia de créditos, previstas en el Presupuesto General de Gastos  y Cálculos de Recursos ejercicio 2023, Ley 6325. En caso de existir deuda se tomarán fondos de la partida “03-10-15-01-26-0″ para el Pago de Obligaciones no comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, del presupuesto vigente.-

ARTICULO 8°.- Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar la creación, modificación y transferencia de partidas presupuestarias necesarias para el cumplimento del presente Decreto.-

ARTICULO 9°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, de Desarrollo Económico y Producción y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 10°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Comuníquese y publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal, Instituto Provincial De Juegos De Azar De Jujuy (Inprojuy). Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos. Cumplido, ARCHIVESE

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR