BOLETIN OFICIAL Nº 65- 12/06/2023

Declaración Jurada Sobre Prohibiciones e Incompatibilidades Art. 157 y 264, Ley General de Sociedades- N° 19.550).- Quienes suscriben: RODOLFO MIGUEL BUSTOS, argentino, D.N.I. Nº 17.771.521, CUIL Nº 20-17771521-3, nacido el 01/09/1965, de estado civil casado en primeras nupcias con Silvana del Valle Arias, de profesión óptico y comerciante, con domicilio en calle El Rosedal Nº 61 del barrio Chijra de esta ciudad, de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, provincia de Jujuy, y, NORMA ZARIF, argentina, DNI Nº 12.596.457, CUIL Nº 27-12596457-0, nacida el 03/05/1958, casada en primeras nupcias con Miguel Ángel Navarro, de profesión médica, con domicilio en calle Azhares Nº 442 de la ciudad de Libertador General San Martín, departamento Ledesma, de esta provincia de Jujuy.- INTERVIENEN así, el primero de los nombrados por sus propios derechos.- Y la Dra. NORMA ZARIF, concurre por sí, y así mismo en nombre y representación como apoderada legal de ROCIO ESTEFANIA CUELLAR CABIDO, argentina, DNI Nº 40.441.536, CUIL Nº 27-4044136-6, nacida el 25/06/1997, soltera, de profesión óptica, con domicilio en calle Comodoro Marambio Nº 717 Barrio Alto Comedero, de esta ciudad, que acredita con Poder Genérico de Administración, Bancario y otros actos de disposición, otorgado a su favor mediante Escritura Publica Nº 193 de fecha veinte de Octubre del 2022, autorizado por la Escribana Ma. Verónica Cuadri Escudero, Titular del Registro Notarial Nº 9, de esta ciudad, con facultades especiales y suficientes para este acto, el cual declara continua vigente en todas sus partes.- 1. LOS COMPARECIENTES: en el carácter que invisten, expresan que mediante instrumentos de cesión de cuotas sociales celebrados en fecha: a) fecha 15 de septiembre del 2022 Ana Laura PELLEGRINI; DNI Nº 24.982.507 Cedió 6.000 las cuotas sociales de las que era titular a favor del socio Rodolfo Miguel BUSTOS (como cesionario).- b) con fecha 20 de Octubre del 2022 Rodolfo Miguel BUSTOS, cedió 15.000 cuotas sociales a favor de la socia Norma ZARIF (cesionaria) y a favor de Roció Estefanía CUELLAR CABIDO cedió 06 cuotas sociales (cesionaria –socia comanditada).- 2. DECLARACION JURADA: Declaramos bajo juramento que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad: ART. 157 y 264, L.G.S. N° 19.550: Así mismo en el carácter acreditado declaran bajo juramento no encontrarse inhibidos, inhabilitados, fallidos o concursados ni comprendidos en el régimen de prohibiciones e incompatibilidades previstas en artículos 157 y 264 de la Ley General de Sociedades, bajo apercibimiento de los dispuesto en el artículo 293 del Código Penal Argentino. Además asumen el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los 30 días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.- Que todo lo expresado precedentemente lo declara BAJO FE DE DECIR VERDAD, constituyendo el presente escrito una DECLARACIÓN JURADA a los efectos de ser presentada ante quienes así lo requieran, el que es firmado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, a los seis días del mes de Marzo del 2023.- Firmas y aclaración: ESC. MARIA VERONICA CUADRI ESCUDERO – TIT. REG. Nº 9- S.S. DE JUJUY-JUJUY.-

 

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 329 -DPSC/2023.-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-780/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de Mayo del 2023.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que la ESC. MARIA VERONICA CUADRI ESCUDERO, en carácter de apoderada de la firma OPTICA NOVA VISION S.C.S. solicita, la INSCRIPCION DE CESION DE CUOTAS SOCIALES, RECONDUCCION DE PLAZO Y MODIFICACION PARCIAL DE CONTRATO SOCIAL DE LA FIRMA OPTICA NOVA  VISION S.C.S. y,

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día del Instrumento Privado de Cesión de Cuotas Sociales, Preconducción de Plazo y Modificación Parcial de Contrato Social, del día 20 de octubre de 2022, de la firma Óptica Nova Visión S.C.S. de fs. 02/07, y Declaración Jurada de fs. 30, del expediente de autos, con firmas certificadas por el Escribana Publica María Verónica Cuadri Escudero, titular del Registro Notarial numero nueve, firmados por Rodolfo Miguel Bustos D.N.I. Nº 17.771.521, Norma Zarif D.N.I. Nº 12.596.457, Rocío Estefania Cuellar Cabido D.N.I. Nº 40.441.536 y Silvana de Valle Arias D.N.I. Nº 22.691.456, diligencias a cargo de la Esc. María Verónica Cuadri Escudero.

ARTICULO 2°: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

12 JUN. LIQ. Nº 32569 $800,00.-