BOLETIN OFICIAL Nº 64- 09/06/2023
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº C-178.017/21, caratulado: Ejecutivo: “CAJA DE ASISTENCIA Y PREVISIÓN SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE JUJUY (C.A.P.S.A.P.) c/ CITRO, CLAUDIA MARIELA” hace saber a la demandada Sra. CLAUDIA MARIELA CITRO la siguiente Resolución: “San Salvador de Jujuy, 31 de Marzo de 2023.- Autos y Vistos… Resulta… Resuelve: 1) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por CAPSAP en contra de CLAUDIA MARIELA CITRO D.N.I. 22.198.175, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE C/42/100 CTVS ($37.777,42) con más los intereses que correspondan conforme a la tasa activa Tasa Activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el expte. B-145731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio Silvia Zulema contra Achi Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54, Fº 673/378 Nº 235) desde la mora considerada ésta desde el 19/04/2021 y hasta su efectivo pago con más IVA si correspondiere.- 2) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto exista planilla de liquidación aprobada en atrios.- 3) Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.).- 4) Hacer efectivo el apercibimiento ordenado oportunamente, notificando la presente resolución por cédula y en lo sucesivo por Ministerio de Ley, (Art. 52 del C.P.C.).- 5) Firme la presente hágase saber al letrado que la documentación original que sirviera de base a la presente ejecución se encuentra disponible en secretaría para su retiro.- 6) Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.- VA.- Firmado: Dr. Diego Armando Puca -Juez-, ante mi, Proc. Enzo Gerardo Ruiz -Secretario Habilitado”.- Publíquese Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días haciéndole saber al accionado que los términos comienzan a correr a partir del Décimo Día de la última publicación. San Salvador de Jujuy, 15 de Mayo de 2023.-
07/09/12 JUN. LIQ. Nº 32683 $1.650,00.-