BOLETIN OFICIAL Nº 64- 09/06/2023

La Dra. Alejandra M. L. Caballero, Vocal de la Sala Tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de tramite en el B-235.682/10, caratulado: “Prescripción Adquisitiva en B-163.151/06: MAMANI GREGORIO c/ MEDRANO ROSSO, JOSE GASPAR; MEDRANO ROSSO, LADISLAO; MEDRANO ROSSO, ARTURO; MEDRANO ROSSO, HORACIO; MEDRANO ROSSO, CELIA; y BORJA DE CONTRERAS, IDA ARGENTINA Y OTROS”, hace saber que ha dictado la siguiente Resolución: “En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil veintidós…la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial, Resuelve: 1. Hacer lugar a la demanda promovida por el Dr. Nelson Loza en representación del Sr. Gregorio Mamani. En su mérito, declarar adquirido por el nombrado el dominio del inmueble individualizado como Padrón J-914, Circunscripción 1, sección 2, Parcela 197, Matricula J-3945 ubicado en Paraje Pinchayoc, Localidad de Uquia, Departamento de Humahuaca, cuyas medidas, superficie y linderos surgen del plano de mensura para prescripción adquisitiva oportunamente agregado a la causa, el que –previa inscripción registral- deberá ser verificado y, en su caso, rectificado por la Dirección Provincial de Inmuebles, conforme lo expuesto en los considerandos. 2. Determinar como fecha de adquisición del dominio el día 8 de junio de 2010. 3. Imponer las costas por el orden causado. 4. Diferir la regulación de los honorarios profesionales. 5. Firme la sentencia, librar oficios ordenando las inscripciones pertinentes, previo pago de las obligaciones fiscales que correspondieren. 6. Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes y dar intervención a C.A.P.S.A.P. y a la Dirección Provincial de Rentas. Fdo: Dra. Alejandra María Luz Caballero -Presidente de Trámite- Dres. Norma Beatriz Issa y Carlos Marcelo Cosentini- Vocales Ante mí: Dra. Luciana Graciela Lamas -Secretaria.”.Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (art.162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 08 de Marzo del 2.023.-

 

07/09/12 JUN. LIQ. Nº 32677 $1.650,00.-