BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 13/11/15

Icon_PDF_6DECRETO Nº 8547-DS.-

EXPTE. Nº 765-625/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 SET. 2015.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Convenio de Cooperación suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Jujuy, representado por su titular Lic. Beatriz Adriana Magdaleno, el Ministerio de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos de la Provincia de Jujuy, representado por su titular, Ing. Gustavo Eduardo Roda y el Instituto Nacional de Estadística y Censos, representado por su Directora, Lic. Ana María Edwin; y

CONSIDERANDO:

Que, el citado Convenio tiene por objeto establecer entre las partes relaciones de complementación, cooperación y asistencia técnica que sirvan a sus respectivos desarrollos institucionales, adoptar medidas de coordinación y acción en común en todas las áreas propias de su incumbencia, actuar cada parte como organismo de consulta técnica de la otra, como así también organizar cursos, conferencias y seminario relativos a temas de interés de alguna de las partes;

Que, en las cláusulas que conforman dicho Convenio, se establecen las acciones a desarrollar en el ámbito de sus competencias, a las que someten las partes intervinientes;

Que, a fs.6 Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Social emite dictamen de competencia, el cual es compartido a fs.9 por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;

Por ello, en usos de las facultades que le son propias y a los efectos de su regularización administrativa;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Téngase por aprobado el Convenio de Cooperación suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Jujuy, representado por su titular, Lic. Beatriz Adriana Magdaleno, el Ministerio de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos de la Provincia de Jujuy, representado por su titular, Ing. Gustavo Eduardo Roda y el Instituto Nacional de Estadística y Censos, representado por su Directora, Lic. Ana María Edwin, obrante a fs.10/12, de conformidad a lo expresado en el exordio.

ARTICULO 2º.-Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio que se aprueba por el Artículo precedente.

ARTICULO 3º.-El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Desarrollo Social y el Sr. Ministro de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos.

ARTICULO 4º.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral, dese al Registro y Boletín Oficial, pase al Ministerio de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos y Ministerio de Desarrollo Social, a sus efectos. Cumplido, archívese.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR