BOLETIN OFICIAL Nº 64- 09/06/2023

DECRETO N° 7992-S/2023.-

EXPTE. N° 733-751/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 ABR. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Promuévase a la agente Aleja Benita Aguilar, CUIL 27-12236518-8, al cargo categoría A-5 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, en la U. de O.: R6-01-23 Hospital “Wenceslao Gallardo”, a partir del 01 de enero de 2021, en el marco de lo establecido en la Ley N° 5502/05 y su Decreto Reglamentario N° 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio. –

ARTÍCULO 2°.- La erogación emergente del presente trámite, se atenderá con las Partidas Presupuestarias que prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2.023, Ley N° 6325, indicadas a continuación:

EJERCICIO 2023:

Con la respectiva partida de Gasto en Personal, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización: R6-01-23 Hospital Wenceslao Gallardo, las que de resultar insuficiente tomarán fondos de la partida 01-01-01-01-01-60 “Adecuación Ley 5502”, en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro.-

EJERCICIOS ANTERIORES:

Deuda Pública ‘.Provincial “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.-

ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3°, Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de Conformidad al artículo 100º Bis de la Ley N° 3161/74, modificado por Ley N° 5748.‑

ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. –

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR