BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 13/11/15

Icon_PDF_6DECRETO Nº 8511-DS.-

EXPTE. Nº 771-253/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 SET. 2015.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se tramita la aprobación del Convenio Nº 805, suscrito entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representada por su entonces titular Dr. Gabriel Lerner, y la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Jujuy, representada por su titular Sra. Silvina Cristina Sadir, en el marco del Programa de “Promoción del Buen Trato hacia los Adultos Mayores”; y,

CONSIDERANDO:

Que, el mencionado Convenio tiene previsto desarrollarse en la Localidad de Abra Pampa, y posee como finalidad la promoción y abordaje de la temática del buen trato hacia los Adultos Mayores, favoreciendo el desarrollo y crecimiento personal de cada uno de ellos, en relación con su entorno y con el otro;

Que, dicho objetivo se materializa otorgando la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia a la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Jujuy-con carácter de subsidio no reintegrable y sujeto a Rendición de Cuentas-la suma total de Pesos Sesenta y Siete Mil Cuatrocientos ($77.400), para aplicar a la ejecución de las líneas de acción del mencionado Proyecto;

Que, entre las cláusulas que conforman el presente Convenio, se establecen las acciones a desarrollar en el ámbito de sus competencias, a las que se someten las partes intervinientes;

Que, el Art. Nº 3 Inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Jujuy establece que: “La Provincia podrá celebrar Tratados y Convenios con el Gobierno Federal, otras Provincias o Entes de Derecho Público o Privados que favorezcan intereses recíprocos o que contribuyan a su progreso económico y social…”, por lo que la celebración del presente Convenio se ha realizado en consonancia con lo allí dispuesto;

Que, mediante la implementación del Programa mencionado se persigue la protección de las personas de avanzada edad, lo que constituye un deber del Estado Provincial, en función de los Derechos numerados en el Capítulo II, Sección I y Artículo 49 de nuestra Carta Magna Provincial;

Que, a fs.21/22 Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Social emite dictamen de competencia, compartido a fs.24 vta., por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado, de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente dispositivo legal;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias y a los efectos de su regularización administrativa;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Apruébase en todas sus partes el Convenio Nº 805, suscrito entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representada por su entonces titular Dr. Gabriel Lerner, y la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Jujuy, representada por su titular Sra. Silvina Cristina Sadir, en el marco del Programa de “Promoción del Buen Trato hacia los Adultos Mayores”, obrante a fs.31/41, de conformidad a lo expresado en el exordio.

ARTICULO 2º.-Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio que se aprueba por el Artículo precedente.

ARTICULO 3º.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral, dese al Registro y Boletín Oficial, y pase al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos. Cumplido, archívese.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR