BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 02/06/23

Por medio de la presente se hace saber que en el  expediente D-040370/2022, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: MANSILLA, FRANCISCO SOLANO c/ INGENIO LA ESPERANZA SA” se ha dictado el siguiente proveído: “San Pedro de Jujuy, de Abril de 2.022.I.- Téngase por presentada a la Dra. Vilma Natalia Vilca Guitian en nombre y representación del Sr. Francisco Solano Mansilla, a mérito de la copia juramentada de Poder General para Juicios que acompaña, por parte y por constituido domicilio legal, por repuesto aportes profesionales y Tasa de Justicia.-II.- Previo a correr TRASLADO de la presente demanda a los accionados, se dispone: a.- Cítese a la MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE JUJUY y al ESTADO PROVINCIAL en los términos del Art. 534 inc. 1 y 2 del CPC de la Provincia, para que tomen conocimiento del presente juicio y si considerasen afectados sus derechos, pidan participación como demandado, dentro del término de QUINCE DÍAS hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. b.- Cítese a los colindantes del inmueble objeto de la presente medida, en este caso a las adjudicatarias PRODUCTORA DEL NOROESTE S.A. Y GESTION INMOBILIARIA DEL NORTE S.A. para que tomen conocimiento del presente juicio y si considerasen afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del término de QUINCE DÍAS hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. c.- Cítese y emplácese a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Lote Rural Ochocientos Veintiséis Padrón D-5570, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 2; Sección 4; Parcela 2 a 1, ubicado en El Quemado, Departamento San Pedro, de la Provincia de Jujuy; a fin de que tomen conocimiento del presente juicio y si considerasen afectados sus derechos, pidan participación como demandados, dentro del término de quince días hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Notifíquese mediante Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días. III.- Intímese a la parte actora a colocar el Cartel Indicativo con las referencias y dimensiones dispuestas en el Art. 536 del CPC de la Provincia, debiendo acompañar fotografías certificadas del mismo en el plazo de Quince Días.- IV.- ….-V.-.- Notifíquese por cédula.. Dr. Matías L. Nieto -Juez Por Habilitación -Ante mí –Dr. Cristian Roberto Dávila –Secretario Habilitado.-

 

02/05/07 JUN. LIQ. Nº 32253 $1.650,00.-