BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 02/06/23

DECRETO N° 8026-ISPTyV/2023.-

EXPTE. N° 612-73/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 ABR. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promuévase a la Categoría 24, Agrupamiento Mantenimiento y Producción, Escalafón General – Ley N° 3161/74, a partir del 01 de enero de 2023 al agente Agustín ESTRADA GARCIA, CUIL N° 20-92087225-6, personal de Planta Permanente de la Dirección General de Arquitectura, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º, Anexo I del Decreto N° 8865-H/2007, reglamentario de la Ley N°

5502/05.‑

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 1° se atenderá con la Partida de Gasto en Personal que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos Ejercicio 2023 – Ley N° 6325, para la U. de O.: “V2A” – Dirección General de Arquitectura, la que en caso de resultar insuficiente se reforzará tomando crédito de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro denominada 1-1-1-1-1-60 “Adecuación Ley 5502”.‑

ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3º, Anexo I del Decreto N° 8865-H/2007 ya lo previsto por el Artículo 100º bis Ley N° 3161/74, a cuyos efectos arbitrarán los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial y siga a Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase a  Contaduría, de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección General de Arquitectura y Dirección Provincial de Personal.

Cumplido, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR