BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 31/05/23

DECRETO N° 7952-G/2023.-

EXPTE. N° 0400-5403/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 MAR. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Apruébase en todas sus partes el ACTA-CONVENIO, celebrado en ha 14 de Febrero de 2023 entre el MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, el TRIBUNAL ELECTORAL PERMANENTE DE LA PROVINCIA DE JUJUY, y la SOCIEDAD DEL ESTADO: CASA DE MONEDA (S.E.C.M.), a tenor de lo expresado en el exordio, y cuyo texto corre agregado en autos.-

ARTICULO 2°.- La erogación emergente se atenderá con afectación a los recursos os a la Partida: 4-5-909-0-1-3 “Gastos Generales – Elecciones Provinciales”, 1 -Administración General, Función 7 -Administración General Sin Discriminar, habilitada por el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos – Ejercicio 2023 ( Ley Nº 6325) en la orbita de la Jurisdicción “B” Ministerio de Gobierno y Justicia, U. de O. 1 Ministerio.-

ARTICULO 3°.- Por Escribanía de Gobierno procédase a la protocolización del Acta-Convenio que se aprueba por el Artículo 1° del presente Decreto.-

ARTICULO 4°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, Tribunal de Cuentas y Contaduría de la Provincia, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, gírese a Escribanía de Gobierno a los fines determinados por el Artículo 30 y, sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia para conocimiento y trámites de competencia. Fecho, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR