BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 31/05/23
Dr. Jorge Daniel Alsina Juez en Cámara en lo Civil y Comercial- Sala II- Vocalía 5, en el Expediente C-139690/2019, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: ZERPA, FLORA DELIA c/ SUCESION DE EDMUNDO CHAGRA” Se procede a notificar por este medio a QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO SOBRE EL INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO MATRICULA: A-47852, PADRON: A-41826, CIRCUNSCRIPCION: 1, SECCION: 16, MANZANA: 183-D, PARCELA: 51, UBICADO EN BARRIO HUAICO HONDO DE ESTA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY, PROVINCIA DE JUJUY, DE TITULARIDAD REGISTRAL DE EDMUNDO CHAGRA, el siguiente PROVEIDO: “San Salvador de Jujuy, 19 de Junio de 2019.- I- Téngase presente el informe actuarial que antecede.- II– Téngase por presentado al Dr. GUSTAVO DARIO AVILA, en nombre y representación de la Sra. FLORA DELIA ZERPA, a mérito de la copia juramentada de Poder General para juicios que rola a fs. 2/5 de autos y por constituido domicilio legal.- III– Previo a correr TRASLADO de la presente demanda, dése cumplimiento con lo que se dispone a continuación.- IV- Citase a la MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY y al ESTADO PROVINCIAL en los términos del Art. 534 Inc. 1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideran afectados sus derechos, pidan participación como demandados, dentro del término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia, no afecta sus derechos.- V- Atento lo informado por la Municipalidad de San Salvador (fs. 101) y EJESA (fs. 131) en el Expte. Nº B-279232/12, cítense a MARIO QUIROGA y RODOLFO CALIZAYA, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideran afectados sus derechos, pidan participación como demandados, dentro del término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia, no afecta sus derechos (Art. 534 Inc. 4 de la Ley 5486).- VI- Atento el Informe actuarial que antecede y las constancias obrantes en Expte. Nº B-279232/12 (fs. 03/14) Estudio de Título, intimase al ocurrente a denunciar los herederos de la “Suc. Guillermon”, previo a proveer la citación a los colindantes.- VII- Citase y emplazase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Matrícula A-47852, Padrón A-41826, Circunscripción 1, Sección 16, Manzana 183-D, Parcela 51, ubicado en Barrio Huaico Hondo de ésta ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, de titularidad registral de EDMUNDO CHAGRA, a fin de que tome conocimiento del presente juicio y si considerare afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia, no afecta sus derechos. Notifíquese mediante EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario local por TRES VECES en CINCO DIAS.- VIII– Asimismo, ordenase la exhibición de los EDICTOS ordenados precedentemente en la Municipalidad de SAN SALVADOR DE JUJUY y transmítanse los mismos mediante radiodifusión local durante 30 (Treinta) días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Ley 5486 modificatoria del C.P.C.- IX– Intímese a la parte actora a colocar el CARTEL INDICATIVO con las referencias y dimensiones dispuestas en el Art. 536 de la Ley 5486 debiendo acompañar fotografías certificadas del mismo en el plazo de quince días.- X – Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 y 72 del C.P.C., impónese la carga de confeccionar las diligencias ordenadas precedentemente.- XI- Atento el informe actuarial que antecede intímese al Dr. GUSTAVO DARIO AVILA a dar cumplimiento en el término de cinco días con el pago de aporte inicial (Art. 22 inc. C – Ley 4764/96), estampilla previsional (art. 22 inc. D Ley 4764/94) y estampilla profesional (Ley 3329/76), bajo apercibimiento de aplicar una multa de $20 por cada día de demora y a acreditar en autos el pago de $250 (Ley 6003- Anexo V- Art. 13 inc. b.- monto fijo) en concepto de tasa de justicia, bajo apercibimiento de comunicar a la Dirección Provincial de Rentas, conforme Art. 323 del Código Fiscal).- XII- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina- Vocal. Ante mí Dra. Aixa Yazlle- Firma Habilitada.- Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 06 de Marzo de 2023. –
24/29/31 MAY. LIQ. Nº 32489 $1.650,00.-