BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 20/11/15
EXPTE. Nº 0500-308/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 MAR. 2015.-
VISTO:
Las Leyes Nº 4307, Nº 5.861 y;
CONSIDERANDO:
Que, las Leyes Nº 4307 y Nº 5861, autorizan al Poder Ejecutivo a establecer la política salarial del Sector Público Provincial;
Que, es criterio de éste Ejecutivo Provincial establecer a favor de los funcionarios del Poder Ejecutivo y Legislativo, incluidos los de la Defensoría del Pueblo, una nueva medida de política salarial a partir del mes de marzo del corriente año;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Dispónese, a partir del 1º de marzo de 2015, en el marco de la política salarial del corriente ejercicio, a favor de las Autoridades Superiores y Personal Jerárquico del Poder Ejecutivo comprendidos en los Decretos-Acuerdos Nº 5764-H-06 y Nº 5765-H-06, Vocales y Fiscales del Tribunal de Cuentas y Funcionarios del Poder Legislativo, las siguientes medidas salariales en los términos expresados en el exordio. a) Un incremento resultante del VEINTIDÓS POR CIENTO (22%) sobre los conceptos Remunerativos Bonificables. b) Un incremento del VEINTIDÓS POR CIENTO (22%) sobre el Adicional No Remunerativo.
ARTÍCULO 2º.-Exclúyese de lo dispuesto en el presente Decreto-Acuerdo al Jefe y Sub Jefe de la Policía de la Provincia, Director y Sub Director del Servicio Penitenciario, Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial.
ARTICULO 3º.-Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto-Acuerdo.
ARTÍCULO 4º.-Autorizase al Ministerio de Hacienda a dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto-Acuerdo.
ARTÍCULO 5º.-Establécese que la erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.
ARTÍCULO 6º.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese- en forma sintética-en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Ministerio de Hacienda a sus efectos.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR