BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 17/05/23
MUNICIPALIDAD DE YALA- CONCEJO DELIBERANTE.-
ORDENANZA N° 257–2.023.-
CONSTITUIR EN LA LOCALIDAD DE LEÓN SOBRE UN SECTOR DEL INMUEBLE 30 METROS POR 25 METROS UN CONTRATO COMODATO PARA HUERTA COMUNITARIA PARA EL CONSEJO DE PUEBLO ORIGINARIO LLANKAJ MAKI-CHAÑI-LEON
VISTO:
Que, ha sido solicitado el Consejo de Pueblo Originario Llankaj Maki- Chañi, un espacio para realizar una huerta comunitaria.
CONSIDERANDO:
Que, el espacio pedido va cumplir un rol social siendo aprovechado para que los miembros de la comunidad puedan abastecerse de comida.
Que, la alimentación sana y con verduras cosechadas de manera natural, siempre debe ser fomentado. Siendo de interés promover la cultura alimentaria, sumado a que será producto del esfuerzo mancomunado de los vecinos.
Que, el imperioso que se pueda obtener un lugar para estos fines. De manera, de promover un uso sustentable de la tierra con agricultura familiar para que adquiera productividad en beneficio de dicha comunidad.
Que, en la Localidad de León existe un espacio con dicha aptitud entre el sector que ocupa el lombricario y la antena de la empresa de Claro, con una superficie de 30 metros por 25 metros de fondo.
Que, tenemos presente que responde a los artículos 11 y 2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, al artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Y a la Observación general 12 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: el derecho a una alimentación adecuada (artículo 11) “El derecho a la alimentación adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea sólo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación adecuada o a medios para obtenerla”.
Que, entre las facultades del municipio esta poder instrumentar convenios con dichas finalidades de bien común; de manera que pueda la sociedad se realice un trabajo conjunto, coordinado y en paralelo con el Estado para que promover la salud y un derecho humano como la alimentación adecuada.
Que, la mayor transformación debe ser cultural. Como la gran mayoría de los problemas que tenemos encuentran soluciones cuando es existe unión y apoyo a iniciativa como la que nos convoca de personas comprometidas con el bienestar de su grupo de pertenencia. Por los motivos expuestos es que solicito a mis pares, acompañen esta iniciativa.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE YALA
SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º.- Facultase al Departamento Ejecutivo a fin de celebrar un contrato de comodato con la Comunidad para la ocupación con la finalidad de huerta comunitaria entre el sector del croquis adjunto, con una superficie de 30 metros por 25 metros de fondo.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo y al área de Asesoría legal a sus efectos. Cumplido, archívese. –
CROQUIS DE UBICACIÓN PARA EL COMODATO
Puntos de referencia:
Cuadro amarillo: Antena de telefonía de la Localidad de León
Cuadro verde: Lombricario municipal.
San Pablo, Sala de Sesiones, a los 03 días del mes de MAYO de 2.023. –
Juan Gabriel Cabezas
Presidente