BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 15/05/23
Dra. Marisa Eliana Rondon- Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 Secretaría N° 5, en el Expte. C-123367/2018 caratulado: “Prepara Vía Ejecutiva: VALERO, GUADALUPE c/ CORBALAN, ALEJANDRA DEBORA y DOMINGUEZ, CESAR RICARDO” notifica que ha dictado el siguiente Proveído: “San Salvador de Jujuy, 08 de marzo de 2023.- Proveyendo Escrito Nº 575127, los edictos acompañados, AGREGUESE en autos y téngase presente.- De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472 inc. 4, 478 del C.P.C, líbrese Mandamiento de Pago y Ejecución en contra de … y DOMINGUEZ, CESAR en el domicilio denunciado, por la suma de Pesos: Treinta y Tres Mil ($33.000) en concepto de Capital reclamado, con más la suma de Pesos: Dieciséis Mil Quinientos ($16.500), calculada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio.- Acto seguido, cíteselos de Remate a la parte demandada para que oponga excepciones legitimas si las tuviere, dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Córrasele traslado del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo, y también por el mismo plazo antes señalado, se intimara al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de Tres Kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificárseles en lo sucesivo por ministerio de ley (art.52 del C.P.C.).- A tal fin publíquense Edictos, los que deberán ser publicados por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciendo saber al demandado que deberá presentarse a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de designar al Defensor Oficial como su representante, con quien se seguirá el juicio (Art. 474 del C.P.C.).- Notifíquese por art. 155 del C.P.C.- Firmado Dra. Marisa Eliana Rondon- Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Ante mí: Dra. López Pfister, María Laura- Secretaria de Primera Instancia”.- San Salvador de Jujuy, 20 de Abril de 2023.-
12/15/17 MAY. LIQ. Nº 32344 $1.650,00.-