BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 10/05/23
DECRETO N° 8071-E/2023..-
EXPTE. N° 200-202-21.-
Agreg. 1052-135-21 y 1052-745-19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 ABR. 2023.-
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita el recurso jerárquico interpuesto por el Sr. Gregorio Esteban Zenteno, D.N.I. N° 23.985.680, Director del Colegio Secundario N° 51, en Contra de la Resolución N° 3800-E-2021 de fecha 17 de junio de 2021, emitida por la Sra. Ministra de Educación;
y
CONSIDERANDO:
Que, de los antecedentes surge que el Sr. Gregorio Esteban Zenteno, interpone recurso jerárquico en contra de la Resolución N° 3800-E-2021 de fecha 17 de junio de 2021, a través de la cual se dispone su separación preventiva en el cargo de Director del Colegio Secundario N° 51 de la Localidad San Miguel de Colorados del Departamento Tumbaya para cumplir tareas administrativas en la Coordinación de Educación Intercultural Bilingüe y Rural, hasta tanto se determine la capacidad psicofísica del docente por una Junta Médica especializada, o concluya la instrucción del sumario que se dispuso en el Artículo 2° del mencionado acto resolutivo:
Que, el recurrente se agravia de lo resuelto por suponer que la medida es extrema, siendo mucho más que una medida preventiva, considerando que resulta gravosa y arbitraria, por tal motivo interpuso Recurso de Revocatoria en contra del mismo el día 30 de junio de 2021, siendo el mismo interpuesto en legal tiempo y forma;
Que, ante el mencionado remedio legal se dicta la Resolución N° 1961-E-2022 de fecha 09 de agosto de 2022, disponiendo que se hace lugar al recurso de revocatoria en contra de la Resolución N° 3800-E-21, remitiendo las actuaciones a Archivo;
Que, el presente recurso jerárquico devino en abstracto puesto que el mismo fuera iniciado con anterioridad al dictado de la Resolución N° 1961-E‑2022, resolviendo el instrumento las peticiones formuladas favorablemente con basamento en los principios generales del derecho, en particular el principio “non bis in ídem” por el cual no puede juzgarse dos veces a una misma persona por la misma causa yen base a los mismos hechos;
Que, obra dictamen de Fiscalía de Estado compartido por el Coordinador del Departamento de Asuntos Legales del citado organismo, y por el Sr. Fiscal de Estado, del cual surge que corresponde emitir el acto administrativo, con jerarquía de Decreto, que declare abstracto el recurso interpuesto por el Sr. Gregorio Esteban Zenteno, D.N.I. N° 23.985.680, en contra de la Resolución N° 3800-E-2021 de fecha 17 de junio de 2021.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Declárese Abstracto el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sr, Gregorio Esteban Zenteno, D.N.I. N° 23.985.680, Director del Colegio Secundario N° 51, en contra de la Resolución N° 3800-E-2021 de fecha 17 de junio de 2021, emitida por la Sra. Ministra de Educación, en virtud de lo expuesto en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación procédase a notificar la parte dispositiva del presente Decreto.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación para demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR