BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 03/05/23

DECRETO Nº 7515-S/2022.-

EXPTE. Nº 715-960/07.-

y Nº 715-561/13.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC. 2022.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Téngase por reconocido al Dr. Juan Carlos Ancasi, CUIL 20-10164962-9, cargo categoría E (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, el adicional por permanencia en guardia del 30 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 1° de mayo de 2007, del 60 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 1° de mayo de 2012, y del 90% sobre la categoría de ingreso, a partir del 1° de mayo de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a las partidas presupuestarias “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”. Ejercicio 2022, Ley N° 6256, la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia del Dr. Juan Carlos Ancasi, correspondiente al 30 % sobre la categoría de ingreso, por el período comprendido entre el 1° de mayo de 2007 al 31 de abril de 2012, y del 90 % sobre la categoría de ingreso, desde dos años anteriores a la fecha de emisión del presente acto administrativo y en adelante, y declarar prescriptos el 60% y 90% por los periodos anteriores a los dos años anteriores a la fecha de la emisión del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto por los artículos 2537 y 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

EJERCICIO 2022

 

Ley N° 6256 prevé en la Jurisdicción “R1” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, la Partida Gasto en Personal.-

ARTÍCULO 3°.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR