BOLETÍN OFICIAL Nº 47 – 26/04/23

DECRETO Nº 7963-E/2023.-

EXPTE. N° 200-85/22.-

Agreg. 1050-112-20;1050-123-21 y 200-162-21.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 MAR. 2023.-

VISTO:

Las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita el recurso jerárquico interpuesto por la Sra. Alcira Sulca, D.N.I. N° 16.388.890, Maestra de Grado Titular con ascenso a Vicedirectora Provisional de la Escuela Profesional N° 10 “Patricias Argentinas”, en contra de la Resolución N° 618-E-2022; y

CONSIDERANDO:

Que, de los antecedentes surge que la recurrente, Sra. Alcira Sulca, interpone recurso jerárquico en contra de la Resolución N° 618-E-2022 de fecha 04 de marzo de 2022, a través de la cual se rechaza el recurso jerárquico en contra de la Resolución N° 242-SGE-20.-

Que, la recurrente formuló denuncias y solicitó traslado transitorio por supuestos tratos discriminatorios y persecución, padecidos en la Institución Educativa mencionada supra, situación que afectó su salud física y psicológica, conforme lo denunciado.-

Que, ante tal circunstancia se procedió a emitir la Resolución N° 242-SGE-20 de fecha 30 de diciembre de 2020, disponiendo el traslado transitorio de la Sra. Sulca para cumplir funciones en la Escuela Nocturna N° 160 “20 de Junio, desde la emisión del acto hasta la emisión del dictamen de la Junta Provincial de Reconocimiento Médico.-

Que, disconforme con lo resuelto la agente interpone Recurso de Revocatoria ante la Secretaría de Gestión Educativa, y haciendo uso de la denegatoria tácita interpone Recurso Jerárquico ante la Ministra de Educación, y sin que se hayan cumplido los plazos previstos en el Artículo 139° de la L.PA interpone Recurso Jerárquico ante el Sr. Gobernador.-

Que, en el Recurso Jerárquico interpuesto ante la Sra. Ministra de Educación la Sra. Sulca se agravia del traslado que ella mismo había solicitado, señalando que habría desistido del mismo, siendo rechazado por improcedente con el dictado de la Resolución N’ 618-E-22 ajustada a derecho.-

Que, el desistimiento fue realizado en forma repentina. justo al momento de producirse la vacante del cargo de director de la institución donde había solicitado ser trasladada, el traslado transitorio se originó por situaciones conflictivas denunciadas por la propia recurrente que afectarían su salud, medida tendiente a  preservarla conforme la obligación del estado prevista en el Artículo 52 de la Constitución Nacional-.

Que, la agente denuncia como hecho nuevo -que la Dirección Provincial de Reconocimientos Médicos, Junta Médica, se expidió el 09/09/21 en los siguientes términos: “La Junta Médica Pcial. procede en la fecha a evaluar el estado de salud de la Sra. Alcira  Sulca y conforme lo requerido a fs. 15 no se puede precisar a la fecha las dolencias físicas y psicofísicas a diciembre de 2019, dado el tiempo transcurrido y sin que existan antecedentes en este Dpto.”.

Que, obra dictamen de Fiscalía de Estado compartido por el Coordinador del citado organismo, del cual surge que corresponde emitir el acto administrativo que rechace el recurso interpuesto por la Sra. Sulca en contra de la Resolución N° 618-E-2022.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Recházase por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por la Sra. Alcira Sulca – D.N.I. N° 16.388.890, Maestra de Grado Titular con ascenso a Vicedirectora Provisional de la Escuela Profesional N° 10 “Patricias Argentinas”, en contra de la Resolución N° 618-E-2022 de fecha 04 de marzo del año 2022, en virtud de lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación procédase a notificar la parte dispositiva del presente Decreto.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación para demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR