BOLETÍN OFICIAL Nº 44 – 19/04/23

Dr. José Alejandro López Iriarte- Vocal de la Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial, Vocalía 2, Presidente de trámite en el Expte.: C-166.678/20, caratulado: Daños y Perjuicios CARRANQUE, YANINA MAGALI c/ TEJADA FERNANDO MARTIN”, de conformidad con lo dispuesto en los autos del rubro, ordena notificar los proveídos que se detallan a continuación: Decreto fs. 87: “San Salvador de Jujuy, 16 de diciembre de 2021. I- Proveyendo a lo solicitado por el Dr. Fernando Rene Echenique, atento los informes de la Policía de la Provincia (División Antecedentes) y Secretaria Electoral del Juzgado Federal y el resultado negativo de las diligencias de notificación de fs. 45/vta. y 84 vta., conforme lo dispone el art 162 del Código Procesal Civil, notifíquese al demandado, FERNANDO MARTÍN TEJADA, el decreto de fs. 34 (traslado de demanda) y el presente por EDICTOS que deberán publicarse tres veces en cinco días en un diario local y en el Boletín Oficial. II- Facultándose para el diligenciamiento de los mismos al Dr. Echenique y/o la persona que el mismo designe.- III- Conforme el Art. 72 del CPC, deberá el interesado confeccionar los edictos y presentarlos para control y firma por secretaria en el plazo de cinco (5) días de notificada la presente providencia y una vez retiradas de barandillas en el plazo de diez (10) días acreditar la diligencia. IV- Notifíquese por cédula. Fdo: Dr. José A. López Iriarte -Juez. Ante mí: Dra. Eleonora A. Calluso-Prosecretaria. Proveído Fs.34: “San Salvador de Jujuy, 26 de Octubre de 2020. 1.- Téngase por presentado el Dr. Fernando Rene Echenique en representación de la Sra. YANINA MAGALI CARRANQUE a mérito de la copia de poder general para juicios que acompaña y por constituido domicilio legal.- 2.- De la demanda Ordinaria por daños y perjuicios en contra de FERNANDO MARTIN TEJADA córrase traslado en el domicilio denunciado y con la copias respectivas de la demanda para que la conteste en el plazo de QUINCE DIAS (15), bajo apercibimiento de tenérsela por contestada en los términos del art. 298 del C.P.C. e intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de que si así no hiciera se lo notificara mediante Ministerio de Ley, (art.2,54 y 154 del CPC).- 3.- Notificaciones en Secretaria, los días martes y jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuera feriado.- 4.- Atento el informe que antecede, intímese al letrado en el plazo de cinco días a acreditar el pago de los aportes correspondientes a Estampilla Profesional, Previsional (inc. c y d) Art. 22 Ley 4764 y proporcional de tasa de Justicia bajo apercibimiento de aplicar una multa de $100 por cada día de mora y lo que dispone el art. 19 de la L.O.P.J. 5.- Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Elba Rita Cabezas- Vocal Habilitada-Ante mí; Camila Mammana- Prosecretaria.- Publíquese los edictos por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local de circulación masiva.- SECRETARÍA Dra. Eleonora A. Calluso, Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 27 de Diciembre de 2021.

 

14/17/19 ABR. LIQ. Nº 32022 $1.650,00.-