LEY Nº 191

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 191
A
rticulo 1º.- Autorizase al P. E. para que proceda a efectuar la
liquidación de cuentas pendientes con los señores José Stramandinoli e
hijo por construcción del Palacio de Gobierno, pudiendo a este efecto
celebrar arreglos directamente, transar o comprometer en árbitros o
arbitradores.
A
RTICULO 2º.- Autorízase igualmente a pagar los saldos que resulten de
esos arreglos, imputándose el gasto a la Ley Nº 187 de fecha 18 del
corriente.
A
RTICULO 3º.- Comuníquese al P. Ejecutivo.
SALA DE SESIONES – JUJUY, octubre 24 de 1911.-
JOSE V. MOLOUNY H. QUINTANA
SECRETARIO PRESIDENTE