BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 12/04/23

DECRETO Nº 7868-ISPTyV/2023.-

EXPTE. Nº MA-641-059/2006.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 MAR. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase la Resolución N° 51-IJC-2012 , dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudicase a Título Gratuito a la Sra. MARTINEZ ALFONSA MARIA D.N.I. 23.899.072, el inmueble identificado como Parcela N° 968, Padrón J-6207, con una superficie de 1.322 Hectáreas 7.609,74 m2 ubicada en Tres Cruces- Mina Aguilar – Finca Tejada, Cóndor y Coiruro, Departamento Humahuaca, Provincia de Jujuy, conforme plano de Mensura de Fracción y División aprobado por la Dirección Provincial de Inmuebles bajo el N° 09321 en fecha 24 de Junio de 2009.

ARTICULO 2°.- Establécese que los Recursos Naturales y Parques Provinciales y Nacionales que existierán o a crearse en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N° 5206 y Decreto N° 789-G­2004 y el Articulo 15 primer apartado del Convenio N° 169 de O.I.T. Dispónese que el Estado Provincial se reserva el dominio en los Derechos Mineros que existieran en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación ( Artículos 2º,7º,10º,11º,12º,13º,16º,18º,146º,158º y concordantes); Decreto Nacional Nº 456/97, Articulo 15 segundo apartado del Convenio Nº 169 de O.I.T.-

ARTICULO 3°.-  Facilitase a Escribanía de Gobierno a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor de la adjudicataria.-

ARTICULO 4°.-  Previa torna de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese- en forma sintética-, dése al Registro y Boletín Oficial. Pase a Escribanía de Gobierno a los fines dispuestos en el Artículo 3° del presente Decreto. Siga a la Dirección Provincial de Inmuebles e Instituto Jujeño de Colonización. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR