BOLETÍN OFICIAL Nº 39 – 05/04/23

DECRETO Nº 6643-S/2022.-

EXPTE. Nº 730-255/15.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 SEP. 2022.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-Ténganse por promovidos a partir del 1° de junio de 2015 al Personal de Planta Permanente de la U. de O.: R6-01-18 Hospital “Calilegua”, conforme al Anexo I (Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional Ley N° 4413 y Ley N° 4418), que forma parte integrante del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto vigente Ejercido 2022, Ley N° 6256 que a continuación se indican:

Ejercicio 2022:

La Partida Gasto en personal, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-18 Hospital Calilegua.‑

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):

Jurisdicción “L” DEUDA PUBLICA 03-10-15-1-26-0 “P/PAGOS OBLIGACIONES NO COMPROMETIDAS PRESUPUESTARIAMENTE EN EJERCICIOS ANTERIORES” cuya administración y ejecución corresponde a Contaduría de la provincia de acuerdo ala efectiva disponibilidad de fondos.‑

ARTÍCULO 3°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para Difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR