BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 03/04/23

Dra. Marisa E. Rondon – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. Nº 3, Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. RUEDA, NATALIA RUT DNI Nº 28103022 que en el Expte. Nº C-190228/21, caratulado: “CARSA S.A. c/ RUEDA NATALIA RUT S/ Ejecutivo” se ha dictado la siguiente resolución: SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de DICICEMBRE del 2.022 Autos y Vistos:….. Resulta:….Considerando:….Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CARSA S.A. en contra de la SRA. NATALIA RUT RUEDA hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Veintisiete Mil Treinta con 71/100 ($27.030,71) con más los intereses de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, (Sala I Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235) y un 50% de la misma como interés punitorio desde la mora y hasta su efectivo pago, II.- Imponer las costas a la vencida (art. 102 C.P.C.). III.- Regular los honorarios del Dr. Carlos Abel Aguiar en la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA ($37.170) con más un interés igual a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, (Sala I Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235) desde la mora y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere, conforme los argumentos expuestos en los considerandos.- IV.- Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- V.- Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto a fs.20 en contra del demandado mandándose notificar la presente Resolución mediante la publicación de edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. Atento a la implementación de Expte. Digital, deberá el letrado adjuntar las diligencias en el Sistema Único de Gestión Judicial en colaborativas. VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar. Fdo. Dra. Marisa E. Rondon – Juez Ante Mí: Dra. María Belén Domínguez – Prosecretaria.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Salvador de Jujuy 28 de Febrero de 2023.-

 

03/05/10 MAR. LIQ. Nº 31778 $1.650,00.-