BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 31/03/23
Dra. Mirta del Milagro Vega, Jueza del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N’ 9-Secretaría N° 17-, en el Expte. N° D- 13717/16 caratulado “Ejecución Prendaria: CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/ PEREZ, NORA ESTER”, se ha dictado la siguiente resolución: “San Pedro de Jujuy, 05 de abril de 2016.- I.- Téngase por presentado al Dr. Mariano Zurueta en nombre y representación de Chevrolet SA de Ahorro para fines determinado a merito de la copia de poder general para juicio que adjunta, por constituido domicilio procesal, por parte.- II.- Téngase por interpuesta la presente ejecución prendaria conforme se solicita y disponen los artículos 478 inciso 1° y 2′ del CPC, artículos 26 y concordantes de la Ley 12.962 , Decreto-Ley N° 15.348/46.- III.-Líbrese en contra de la demandada Nora Ester Pérez mandamiento de pago y ejecución por la suma de pesos ($86.171) en concepto de capital con más la suma de pesos ($40.000) presupuestadas prima facie para acrecidas legales, costos y costas del juicio. En defecto de pago, procédase al inmediato secuestro del bien gravado, consistente en Automotor marca Chevrolet Classic 4P 1.4N Año 2011, motor marca Chevrolet N° T85086412, CHASIS MARCA CHEVROLET N° 8AG551950BR269610 DOMINIO KJE 579.- Asimismo cítesela de remate para que en el término de Cinco días oponga excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de ordenar llevarse adelante la ejecución. Además, requiérasele la manifestación si el bien secuestrado registra algún otro gravamen, en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o juez embargante. IV.- V.- Intímese a la demandada a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársele en lo sucesivo por Ministerio de Ley (artículos 52 y 154 CPC). VI.- Notificaciones en Secretaría, martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado. VII- Notifíquese.- Fdo. Dr. Juan Carlos Correa Juez Habilitado, ante mi Dra. Mariana Rebeca Roldan, Secretaria”.- A tales efectos, Publíquese en un (1) Diario Local y en el Boletín Oficial por tres (3) veces en cinco (5) días (Art. 162 CPC).- San Pedro de Jujuy, 21 de Marzo de 2023.- Fdo. Vega, Mirta Del Milagro- Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.-
31 MAR. 03/05 ABR. LIQ. Nº 31905 $1.650,00.-