BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 29/03/23

Dr. DANIEL HORACIO CAMU, JUEZ DEL TRIBUNAL DEL TRABAJO, SALA I, VOCALIA 3, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, hace saber a los Sres. NOEMI RUFINO y MATIAS GONZALO BARROS RUFINO, que en el Expte. Nº C-217.670/23, caratulado: “EJECUCION DE SENTENCIA en C-040.603/15: ACUÑA, JOSE FABIAN y ROJAS, MARIANA PATRICIA c/ BARROS, ALDO Y OTROS”, se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 6 de marzo de 2023.- Téngase presente lo informado por Secretaría, por presentada a la Dra. Mariana Patricia Rojas por derecho propio y en representación del Sr. José Fabián Acuña a mérito de la participación otorgada en la causa principal.- Proveyendo a lo solicitado, de conformidad a lo dispuesto por el arts. 478º del Código Procesal Civil y 11º de la Ley Nº 6311, líbrese INTIMACION DE PAGO Y EJECUCION en contra de los accionados Aldo Barros, Noemí Rufino y Matías Gonzalo Barros Rufino, por la suma de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTIDÓS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON DIECISIETE CTVS. ($1.122.444,17.-) que adeudan en concepto de capital perteneciente al Sr. José Fabián Acuña y honorarios de las Dras. Mariana Patricia Rojas y Teresita Beatriz Rojas, bajo apercibimiento de disponer la venta en pública subasta de los derechos y acciones embargados en la causa Nº C-119822/18.- Asimismo cíteselos de REMATE por el término de CINCO (5) DIAS, para que opongan excepciones legítimas si las tuvieren, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución en su contra.- Intimase a los accionados para que en igual plazo constituyan domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle sucesivas resoluciones por ministerio de la ley (art. 22 CPT y 52 del CPC). Notificaciones en Secretaria, los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.- Notifíquese al Sr. Aldo Barros en el domicilio legal constituido y a los Sres. Noemí Rufino y Matías Gonzalo Barros Rufino por edictos, que deberán publicarse tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y en un periódico local (Art.162 del Código Procesal Civil), ello a cargo de la ejecutante, quién queda facultada para su diligenciamiento.- Fdo. Dr. Daniel Horacio Camú (Juez)- Dr. Hugo H. Cicero (Prosecretario). Publíquese por EDICTO en el Boletín Oficial y un Diario Local, por TRES (3) VECES en CINCO (5) DIAS.- San Salvador de Jujuy, a los veintiuno días del mes de Marzo de dos mil veintitrés.-

 

29/31 MAR. 03 ABR. LIQ. Nº 31811 $1.650,00.-