BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 29/03/23

Dra. María Julia Garay- Juez Por Habilitación de Primera Instancia N° 6, Secretaria N° 11, en el Expte. N° C-205096/22 caratulado “EJECUTIVO: FARFAN, ILDA ELSA c/ DOMINGUEZ, JUAN JOSE”, al Oficial de justicia le; ORDENA: se constituya en el domicilio de DOMINGUEZ, JUAN JOSE, D.N.I. Nº 26.501.263, sito en MZA 1 CASA 4 114 VIVIENDAS BARRIO LOS PERALES, y con las formalidades y prevenciones de la Ley proceda a requerirle el pago por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL.- ($150.000.-),en concepto de capital reclamado, con más la suma de PESOS TREINTA MIL.-($30.000.) presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio.- En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial al propio afectado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso expresen montos, nombre y domicilio del o los Acreedores y cíteselo de REMATE para que en el término de CINCO DIAS, concurra ante este Juzgado y Secretaria, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Córrasele traslado a la parte demandada del pedido de intereses, con las copias respectivas, y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo, intímese a constituir domicilio legal dentro de los tres Km. del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificar en lo sucesivo por Ministerio de ley (art. 52 del C.P.C.).- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia, con facultad para allanar el domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario. Notifíquese, líbrese mandamiento. – “- Hágase saber a la letrada que a título de colaboración deberá confeccionar las diligencias y presentarlas para su control y firma por Secretaria.- Asimismo cumpla el letrado presentante con los aportes legales correspondientes (Aporte inc. “c” y “d” Art. 22 ley 4764/94 y estampilla profesional). Notifíquese por cedula.- jca Fdo Dra. María Julia Garay. Juez. Por ante mi. Proc. Mabel Pérez Andrada. Prosecretaria.-

 

22/27/29 MAR. LIQ. Nº 31718 $1.650,00.-