BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 29/03/23
La Dra. Marisa Eliana RONDON, Juez del Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 6 de San Salvador de Jujuy- Pcia. de Jujuy, se han dictado las siguientes resoluciones: San Salvador de Jujuy, 05 de noviembre de 2021.-AUTOS y VISTOS: Los de este Expte. C-185897/2021 Caratulado: PEDIDO DE QUIEBRA: AVILA, MIGUEL ANGEL”, del que; Resulta…..Considerando…Resuelve….1.-) Declarar el estado de QUIEBRA del Sr. MIGUEL ANGEL AVILA, DNI Nº 28.375.953, CUIL Nº 23-28375953-9, Argentino, con domicilio en Rancagua Nº 2935, Huaico Hondo, Departamento Dr. Manuel Belgrano, de la Provincia de Jujuy….Fdo: Dra. Marisa Eliana Rondon -Juez. Ante Mi: Dra. Valeria Alejandra Bartoletti- San Salvador de Jujuy, 04 de noviembre de 2021.-AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº C-185897/21 caratulado: “PEDIDO DE QUIEBRA AVILA MIGUEL ANGEL”, y; RESULTA…CONSIDERANDO…RESUELVE…1.- Rectificar por contrario imperio la fecha de la Sentencia de fs. 68/72, en lo que respecta a la fecha de creación, la que quedará redactada de la siguiente manera: “San Salvador de Jujuy, 03 de noviembre de 2021”….Fdo: Dra. Marisa Eliana Rondon -Juez. Ante Mí: Dra. Valeria Alejandra Bartoletti.- San Salvador de Jujuy, 22 de Febrero de 2023. Autos y Vistos: Los de este Expte. Nº C-185.897/21, caratulado: “PEDIDO DE QUIEBRA: AVILA, MIGUEL ANGEL”, del que; Resulta: ….Considerando….Resuelve….1.- Designar como Síndico Titular de la presente Quiebra a la C.P.N. MARIA ALEJANDRA GARGIULO DNI Nº 18.562.707; y tener presente la aceptación del cargo conferido (fs. 427 vta.). 2.- Librar oficio a Superintendencia del Poder Judicial a fin de que informe el Martillero Público que corresponde intervenir en la presente causa. 3.- Hacer saber a los acreedores los domicilios y horarios de atención denunciados por la Sra. Síndico a efectos de que efectúen las presentaciones de las solicitudes de verificación de créditos; siendo los mismos: Av. Santibáñez Nº 1218 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy, los días miércoles; y el sito en López y Planes Nº 183 de la ciudad de San Pedro de Jujuy, los días Martes y Jueves; en los horarios de 17 a 20 en ambos domicilios. 4.- Fijar el día 11 de Abril del corriente año como fecha hasta la cual se pueden presentar las solicitudes de verificación de créditos. 5.- Establecer el día 05 de Mayo del corriente año como fecha en la que la sindicatura deberá presentar los Informes Individuales, y el día 09 de Junio del corriente año para la presentación del Informe General. 6.- No hacer lugar a lo solicitado por la Sra. Síndico en el Escrito Digital N° 419806, por lo que se hace saber a la misma que deberá presentar las diligencias en bandeja de colaborativas del SIGJ para su control, firma y posterior diligenciamiento (Acordada 86/2020 del S.T.J.). 7.- Publicar Edictos en el Boletín Oficial y en un diario de amplia circulación local, durante cinco días, debiendo acreditar su cumplimiento y exigencias que establece el Art. 27 de la LCQ. 8.- Registrar y notificar por cédula.- Fdo: Dra. Marisa Eliana Rondon -Juez. Ante Mi: Dra.: Silvina Inés Tabbia – Secretaria.- Firmado en San Salvador de Jujuy, 17 de Marzo de 2023.-
27/29/31 MAR. 03/05 ABR. LIQ. Nº 31802 $2.000,00.-