BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 29/03/23

DECRETO Nº 7608-G/2022.-

EXPTE. Nº 200-514-2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DIC. 2022.-

VISTO:

Las Leyes N° 5.994, 4.513, 6.233, 6.236, Decreto N° 4003-G/21; y,

CONSIDERANDO:

Que, previa derogación de la Ley N° 5994 de creación del Banco de Desarrollo de Jujuy S.E. mediante similar N° 6.233 (San. 26/08/21 Public. 03/09/21), se dispuso la disolución y liquidación del Banco de Desarrollo de Jujuy S.E.” y facultó al Poder Ejecutivo a dictar todas las disposiciones que permitan el acabado. cumplimiento de la normativa vigente, llevando adelante la totalidad de los actos y acciones tendientes a su liquidación.

Que la ley N° 6236 prevé un haber de Retiro Voluntario para el personal dependiente del citado organismo que posea treinta (30) años o más de aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino, cualquiera fuere su edad y adhiera voluntariamente al régimen establecido por la referida norma.

Que, mediante Decreto N° 4003-G- de fecha 02/09/21, el Poder Ejecutivo instruyó a Fiscalía de Estado y al Ministerio de Hacienda y Finanzas, llevar adelante en forma conjunta el proceso de liquidación del Banco de Desarrollo de Jujuy S.E.

Que en cumplimiento a la normativa y manda ordenada, los representantes del proceso de liquidación obtuvieron la suscripción de los convenios con personal del Banco de Desarrollo de Jujuy S.E. (hoy en liquidación) que optaron acceder al beneficio de retiro voluntario previsto en Ley N° 6.236 y que seguidamente se detallan: Sandra del Valle Alderete (DNI. N° 18.256.536), Jorge Luis Blanco (DNI. N° 16.347.551), Ernesto Ceferino Suárez (DNI. N° 17.661.388), Mario Víctor Rojas (DNI. N° 14.986.117), Carlos Ernesto Blanco (DNI. N° 14.553.938), Miguel Ángel Romero (DNI. N° 13.577.227), Normando David Romero (DNI. N° 12.618.707), Mario Héctor Tarantino (DNI. No 12.006.077), Aníbal Rolando Calzadilla (DNI. N° 17.081.942), Hugo de Jesús González Benítez (DNI. N° 17.262.581), Benito Salinas (DNI. N° 17.693.646) y Paulino Omar Amante (DNI. N° 17.194.061), que acompañaron la documentación respaldatoria que acreditó su condición de ex trabajadores del Banco de Desarrollo de Jujuy S.E. (hoy en proceso liquidación) y haber laborado e integrado aportes por más de treinta (30) años al Régimen Sistema Integrado Previsional Argentino.

Por ello, uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar los convenios suscriptos oportunamente entre el Ministro de Hacienda y Finanzas y el Fiscal de Estado, en representación del Estado Provincial, y los ex trabajadores del Banco de Desarrollo de Jujuy S.E. que seguidamente se individualizan: Sandra del Valle ALDERETE (DNI. N° 18.256.536), Jorge Luis BLANCO (DNI. N°16.347.551), Ernesto Ceferino SUÁREZ (DNI. N° 17.661.388), Mario Víctor ROJAS (DNI. N° 14.986.117), Carlos Ernesto BLANCO (DNI. N° 14.553.938), Miguel Ángel ROMERO (DNI. N° 13.577.227), Normando David ROMERO (DNI. N° 12.618.707), Mario Héctor TARANTINO (DNI. N° 12.006.077), Aníbal Rolando CALZADILLA (DNI. N° 17.081.942), Hugo de Jesús GONZÁLEZ BENÍTEZ (DNI. N° 17.262.581), Benito SALINAS (DNI. N° 17.693.646) y Paulino Omar AMANTE (DNI. N° 17.194.061), de conformidad a los motivos expresados en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Otorgar el retiro voluntario, en los términos dispuestos en la Ley N° 6236 a los ex empleados del Banco de Desarrollo de Jujuy S.E. (hoy en liquidación), mencionados en artículo anterior.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, de Hacienda y Finanzas y de Trabajo y Empleo.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a conocimiento de Escribanía de Gobierno, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Fecho, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a los efectos correspondientes.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR