BOLETÍN OFICIAL Nº 35 – 27/03/23
Dra. Lis Valdecantos Bernal – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 13, de la Provincia de Jujuy, que en el Expte. N° C-179084/21, caratulado: “Ejecutivo: MEALLA AGROPECUARIA S.A c/ CARICATO, JULIO CESAR”, para que se notifique el Sr. Julio Cesar Caricato D.N.I. Nº 14.967.549 del siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 07 de Marzo de 2023.- Autos y Vistos:…, y; Considerando:…, Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por MEALLA AGROPECUARIA S.A en contra de JULIO CESAR CARICATO D.N.I. Nº 14.967.549 hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($450.000,00), con más las costas del juicio y el interés a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, desde la mora y hasta el efectivo pago y un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa ordenada precedentemente, conforme lo considerado, desde la mora (30/09/22) y hasta su efectivo pago, mas I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Diferir la regulación de honorarios profesionales, conforme lo considerado.- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VI.- Notificar por cédula a las partes y por Edicto.- VII.- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial por un día (Art. 2340 C.C y C.N, para que lo acredite en igual termino que el mencionado precedentemente y en un Diario Local de trascendencia por tres veces en cinco días (Art. 436 del C.P.C).- San Salvador de Jujuy, 07 de Marzo de 2023.-
27 MAR. LIQ. Nº 31675 $550,00.-