BOLETÍN OFICIAL Nº 134 – 30/11/15

Icon_PDF_6DECRTO-ACUERDO Nº 7396-H.-

EXPTE. Nº 500-300/2015.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 MAR. 2015.-

VISTO:

Las Leyes Nº 4.307 y Nº 5.861;

CONSIDERANDO:

Que, las Leyes Nº 4.307 y Nº 5.861 autorizan al Poder Ejecutivo a establecer la política salarial del Sector Público Provincial;

Que, es criterio de éste Ejecutivo Provincial disponer una nueva medida de política salarial a partir del mes de marzo del corriente año; para lo cual se han tenido especialmente en cuenta las finanzas y previsiones presupuestarias que la limitan;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Dispónese a partir del 1º de marzo de 2015, como parte integrante de la política salarial del presente ejercicio, las siguientes medidas a favor del personal de la Administración Pública Provincial centralizada comprendidos en el Escalafón General Ley Nº 3.161, personal del ex I.P.P.S y profesionales comprendidos en las Leyes Nº 4.413 t.o y Nº 4.135 t.o: a) Un incremento del Adicional Remunerativo Bonificable que resulta del VEINTIDOS POR CIENTO (22%) sobre los conceptos Remunerativos Bonificables; b) Un Incremento del VEINTI DOS POR CIENTO (22%) sobre: b.1.El Adicional Remunerativo Bonificable previsto en el Decreto-Acuerdo Nº 6362-H-06; b.2.El Adicional Remunerativo No Bonificable; b.3.El Adicional creado por Decreto-Acuerdo Nº 4371-H-09.

ARTICULO 2º.-Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto-Acuerdo.

ARTICULO 3º.-Autorízase al Ministerio de Hacienda a dictar la normativa interpretativa y reglamentaria necesaria para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto-Acuerdo.

ARTICULO 4º.-Dispónese que la erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.

ARTICULO 5º.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese-en forma sintética-en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Ministerio de Hacienda a sus efectos.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR