BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 24/02/23
DRA. MARIA VICTORIA GO0NZALEZ DE PRADA, Vocal de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de la provincia de Jujuy, Vocalía 4 y Presidente de trámite en el Expte. Nº 17337/22, caratulado: “Recurso de Apelación en Expte. B-079780/2001: RESOLUCION DE CONTRATO: FERNANDEZ DE MOREAU, SUSANA JULIA y MOREAU ROGER LUCIANI C/ YURQUINA SALUSTIANO” notifica que se ha dictado la siguiente PROVIDENCIA: “San Salvador de Jujuy, 13 de diciembre de 2022.- I) Atento el informe actuarial que antecede, téngase por acreditado el fallecimiento del Sr. René Yurquina.- II) Atento lo manifestado por el Dr. Christian González en cuanto al desconocimiento de los herederos del Sr. René Yurquina, dispónese la notificación por edictos de la presente providencia y de la sentencia recaída en los autos en fecha 03/11/2022. Atento a la suspensión en la matrícula del Dr. González, se le hace saber al Dr. Juan Pablo Bianccedi que las diligencias están a su disposición a los fines de su diligenciamiento.-La publicación deberá realizarse en un diario local de amplia difusión y en el boletín oficial, dos veces en CINCO DIAS, comenzando a correr los términos a partir de la última publicación (art. 162 el C.P.C).- IV) Notifíquese por cédula.- Firmado: Dra. MARIA VICTORIA GONZALEZ DE PRADA- Presidente de trámite- ante mi, Dra. CLAUDIA QUINTAR, Secretaria”.- /// “SALVADOR DE JUJUY, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil veintidós, reunidas las Sras. Vocales de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Dras. MARIA VICTORIA GONZALEZ DE PRADA y LILIAN EDITH BRAVO, bajo la presidencia de la nombrada en primer término, vieron el Expte. Nº 17.337/22: caratulado “Ordinario por determinación de canon locativo: Moreau, Roger Lucien y Fernández de Moreau, Susana Julia c/ Yurquina Salustiano”, (Juzgado Nº 1 Secretaría Nº 1) del cual dijeron:…Por ello, la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y comercial de la Provincia de Jujuy:…RESUELVE: 1) Rechazar el recurso de apelación presentado por el Dr. Carlos Rubén Calvo a fs. 1039/1041 del presente, hacer lugar a los recursos de apelación presentados por el Dr. Juan Pablo Bianchedi a fs. 1055/1057 y vlta. del presente y a fs. 153/155 y vlta. del expediente Nº B-78213/01 y hacer lugar parcialmente a la adhesión planteada por el Dr. Christian C. D. González a fs. 1046/1049 del presente. 2) Revocar la sentencia emitida el 17 de julio de 2.020 en el expediente acumulado Nº B-78213/01 caratulado: “División de Condominio: Moreau Roger Lucien, Fernández Susana Julia c/ Yurquina Salustiano” obrante a fs. 149/150. 3) Remitir los presentes autos al juzgado de origen a efectos que el juez a quo, continúe la causa según su estado y dicte sentencia en el expediente caratulado: “Nº B-78213/01: División de Condominio: Moreau Roger Lucien, Fernández Susana Julia c/ Yurquina Salustiano”, acumulado al presente. 4) Establecer que la tramitación de los presentes autos continúe con el Sr. Ariel Rene Yurquina en el carácter de cesionario del Sr. Salustiano Yurquina de los derechos y acciones litigiosas en los expedientes judiciales Nº B-78213/01 y B-79780/01 conforme escritura pública Nº 107 de fecha 01/09/2.011. 5) Imponer las costas de la alzada al vencido (art. 102 del C.P.C). 6) Diferir la regulación de honorarios de los profesionales actuantes hasta tanto se presenten pautas económicas a tales efectos. 7) Registrar, sistematizar y notificar.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por DOS (2) VECES en CINCO (5) DIAS.- San Salvador de Jujuy, 15 de diciembre de 2022.-
22/24 FEB. LIQ. Nº 22364 $5.500,00.-