BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 24/02/23

CESION DE CUOTAS SOCIALES- RENUNCIA AL CARGO DE GERENTE- ACEPTACION AL CARGO DEL NUEVO GERENTE.-  En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de esta Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 23 días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.- 1- El Sr. QUIROGA CESAR SILVIO, argentino, de 57 años de edad, DNI 17.283.904, casado en primeras nupcias con la señora Tejerina, Mónica Ester, domiciliado en calle Mendoza N°56 del Barrio Carolina de la Ciudad de Palpala, departamento de Palpala, Prov. De Jujuy, comisario general retirado de la Policía de la Provincia de Jujuy; 2- La Sra. TEJERINA MONICA ESTER, argentina, de 53 años de edad, D.N.I. Nº 20.701.612, casada en primeras nupcias con Sivio Cesar Quiroga, y con idéntico domicilio.- 3- TOCOAS, Teodoro Andres, argentino, de 67 años de edad, D.N.I. Nº11.709.511, casado en primeras nupcias con la señora Esther Aurora ZAPANA, domiciliado en calle Hernandarias Nº 310, 67 Viviendas, del Barrio Arenal, de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento de Dr. Manuel Belgrano, Prov. De Jujuy, comisario inspector retirado de la policia de la Provincia de Jujuy. Y SILVIO CESAR QUIROGA, en su carácter de socio de la sociedad que gira en esta plaza bajo la denominación de “RENACER JUJUY SRL” Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) 30-71759389-4, con domicilio legal en la jurisdicción de San Salvador de Jujuy, departamento Dr. Belgrano de esta Provincia de Jujuy, sede social sita en calle Sarmiento 386 planta baja, oficina 4, barrio centro de la ciudad de San Salvador de Jujuy; EXPRESA: – DE LA CESION DE CUOTAS SOCIALES: En este estado el señor QUIROGA SILVIO CESAR celebra este contrato de cesión de cuotas partes de RENACER JUJUY SRL, que se sujetarán a las siguientes condiciones.- Primera: Cesión. El señor QUIROGA SILVIO CESAR dice que mediante la presente, TRANSFIERE A TITULO DE CESIÓN EN VENTA las veinticinco (25) cuotas sociales de diez mil pesos valor nominal cada una ($ 10.000,00), que ascienden a la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00) del Capital Social, a favor del Sr. TOCONAS TEODORO ANDRÉS; en consecuencia transfiere al  Cesionario respecto de las cuotas de capital social cedidas, todos los derechos de propiedad, posesión y sus accesorios, subrogándola en los derechos y obligaciones inherentes a las mismas, que podrán ser ejercidos en el tiempo y forma que lo crea conveniente y ante quienes fuere menester.- Segunda: Precio de la Cesión: La presente Cesión se realiza por el precio total de Pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00) , que el Cedente declara haber recibido de manos del Cesionario en su totalidad con anterioridad a la fecha, por lo que el Cedente le confiere mediante el presente formal carta de pago. Ambas partes manifiestan, que conocen los alcances de la Ley 25.345 y renuncian a cualquier reclamo derivado de aquella.- Tercera: Declaración: El cedente manifiesta que es el único titular de las cuotas cedidas en el presente contrato, las que no se encuentran prendadas ni sujetas a embargos, medidas cautelares o gravamen alguno. Cuarta: Aceptación: Por su parte, el cesionario, Sr. TOCONAS TEODORA ANDRES, acepta en todas sus partes la presente cesión de cuotas a su favor.- Quinta: Asentimiento Conyugal: La esposa del Sr. QUIROGA SILVIO CESAR, expresa su consentimiento que se prueba con la firma al pie de este instrumento. Sexta: Situación Frente al PEP Res. 11/2011 y 52/2012 – sus modificatorias -UIF: DECLARAN BAJO JURAMENTO: que los datos consignados en el presente instrumento, son correctos, completos, y fiel expresión de la verdad, no se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de la Nómina de Funciones de Personas Expuesta Políticamente aprobada por la Res. 11/11 UIF, sus modificatorias y complementarias, cuyo contenido declaran expresamente conocer. El Sr. TOCONAS TEODORO ANDRES, conforme a lo dispuesto por la Ley Número 25.246 de Lavado de Activos, Resolución 21/11 de la Unidad de Información Financiera (U.I.F.), declara bajo juramento la licitud del origen de los fondos con el que realizó la operación, provenientes de sus legítimos ahorros.- Séptima: Estado actual del Capital Social: En consecuencia el Capital Social fijado en la suma de Pesos quinientos mil ($500.000,00) continua sin modificaciones, siendo a partir de este momento el Sr. TOCONAS TEODORO ANDRES titular del 50% del capital social, con veinticinco cuotas sociales por doscientos cincuenta mil pesos ($250.000,00) y el Sr. SAJAMA SANTIAGO ARQUIMIDES, titular del otro 50% de esta sociedad siendo titular del 50% del capital social, con veinticinco cuotas sociales de valor diez mil pesos cada una, por un total de doscientos cincuenta mil pesos ($250.000,00).- Octava: Renuncia a la Gerencia: En este estado, el señor QUIROGA SILVIO CESAR renuncia al cargo de gerente de la firma RENACER JUJUY SRL que hasta la fecha detentaba, presentes los señores socios que representan el cien por ciento del capital social, desde ahora el Sr. SAJAMA SANTIAGO ARQUIMIDES Y EL SR. TOCONAS TEODORO ANDRES, aceptan la renuncia presentada al cargo de gerente y manifiestan que continuará desempeñándose en el cargo de gerente el socio SAJAMA SANTIAGO ARQUIMIDES , quien acepta la designación en todos los términos y que durará en sus funciones por tiempo indeterminado, hasta que se produzca su renuncia o remoción con causa, y actuará en forma individual, ejerciendo la administración y representación de la sociedad con las facultades que le fueren otorgadas en el contrato original.- El socio SAJAMA SANTIAGO ARQUIMIDES mediante la presente reitera su aceptación al cargo, ACEPTANDO, en esta oportunidad, de manera expresa y por escrito; y por lo mismo, a) DECLARA BAJO JURAMENTO que los datos expresados previamente son veraces y que como socio he aceptado el cargo de gerente de la sociedad “RENACER JUJUY S.R.L.” y que, para el ejercicio de tal cargo societario, se compromete a respetar los términos del artículo 157 de la Ley General de Sociedades. De la misma manera, y bajo el mismo juramento, declara que no se encuentra comprendido en ninguna de las prohibiciones, incompatibilidades o inhabilitaciones que prevé el artículo 264 de la misma Ley General de Sociedades.- b) Declaración Jurada Sobre la Condición de Persona Expuesta Políticamente Identificación del Sujeto Obligado.- En el mismo sentido, DECLARO BAJO JURAMENTO que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que NO me encuentro incluido y/o alcanzado dentro de la “Nomina de Funciones de Personas Expuestas Políticamente” aprobada por la Unidad de Información Financiera, que he leído y suscripto.- Además, asumo el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.- ACT. NOT. Nº B 00751055- ESC. CECILIA LAURA M. OME- ADS. REG. Nº 39.- S. S. DE JUJUY– JUJUY.-

 

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 061-DPSC/2023-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-765/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 FEB. 2022.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que el DR. FERNANDO NICOLAS AYALA en carácter de persona autorizada de la firma “RENACER JUJUY S.R.L.” solicita, la INSCRIPCION DE CESION DE CUOTAS SOCIALES – RENUNCIA – DESIGNACION Y ACEPTACION DE CARGO NUEVO GERENTE.-

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de a) CONTRATO DE CESION DE CUOTAS SOCIALES – RENUNCIA AL CARGO DEL SOCIO GERENTE – ACEPTACION DEL NUEVO GERENTE de fecha 23 de noviembre del año 2022 que rola a fs. 03/05 de autos con firma certificada de los Sres. SILVIO CESAR QUIROGA DNI Nº 17.283.904; MONICA ESTER TEJERINA DNI Nº 20.701.612; TEODORO ANDRES TOCONAS DNI 11.709.511 Y SANTIAGO ARQUIMEDES SAJAMA DNI Nº 16.886.617 por Esc. Cecilia Laura M. Ome, Ads. Al Registro Notarial nº 39. ARTÍCULO 2º: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

24 FEB.  LIQ. Nº 22305 $1.200,00