LEY Nº 150
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 150
A
rt. 1.- Acuérdase a la Municipalidad de la Capital un subsidio de
veinticinco mil pesos ($ 25.000) destinado a la instalación de una usina
eléctrica, conforme al proyecto-solicitud que ha presentado, por
intermedio del P. E.
A
rt. 2º.- El P. E. entregara de rentas generales la suma acordada,
imputándola a la presente Ley.
A
rt. 3º.- Comuníquese, al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, JUJUY JUNIO 03 DE 1908.-
OSE VICENTE MOLOUNNY MANUEL PADILLA
Secretario Presidente