BOLETÍN OFICIAL Nº 27 – 06/03/23

DECRETO Nº 7482-MS/2022.-
EXPTE. Nº 1400-431/2022.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 DIC. 2022.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase, a partir de la fecha del presente, el Artículo 93° del Capítulo VIII de la Ley N°3758/81 (conforme modificación dispuesta por Decreto N° 2810-G-2001), el que quedara redactado de la siguiente manera:
“Artículo 93°.- Por decisión del Poder Ejecutivo, revistaran en disponibilidad”:
a) El Jefe de Policía, el Sub-Jefe de Policía y los Comisarios Generales, que permanezcan en espera para resolver si son designados en funciones o cargos no vinculados directamente a la Institución, pero que hacen al cumplimiento de la política de seguridad implementada por el Estado. En ningún caso esta disponibilidad podrá prolongarse por el plazo mayor de hasta un año.
b) El personal Superior que permanezca a la espera de designación en funciones de servicio efectivo. Esta medida no podrá prolongarse por el plazo mayor de hasta un año.
c) El personal Superior y Subalterno que hubiere solicitado Retiro Voluntario, o sea declarado en situación de Retiro Obligatorio, por un plazo máximo de seis (6) meses, a fin de gestionar ante la autoridad competente la obtención del beneficio de retiro.”
ARTICULO 2°.- Establecer los montos de la contribución mensual, consecutiva y reintegrable para el personal beneficiario del Fondo Solidario de Retiros y Contingencias previsto en el Decreto N° 1142-MS-20, conforme el siguiente detalle:
Si el Haber de retiro es:
El aporte será equivalente a:
Superior a dos salarios mínimos vitales y móviles
dos salarios mínimos vitales y móviles
De uno y hasta dos salarios mínimos vitales y móviles
un salario mínimo vital y móvil
Inferior a un salario mínimo vital y móvil
el monto del haber de retiro determinado
ARTICULO 3°.- Derógase toda otra disposición que se oponga al presente Decreto.-
ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Seguridad y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 5°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, Unidad de Control Previsional y Policía de la Provincia. Cumplido vuela al Ministerio de Seguridad.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR