BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 22/03/23
DECRETO N° 6226-G/2022.-
EXPTE. N° 0400-5171/2022.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 JUL. 2022.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Créanse, en la órbita de la Jurisdicción “B” MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, las:
- SUB-SECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA.
- SUBDIRECCION PROVINCIAL DE ASUNTOS MUNICIPALES.
- COORDINACION DE DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES.
- COORDINACION DE OBSERVATORIO DE GESTION.
- COORDINACION DE FORTALECIMIENTO CON LA SOCIEDAD CIVIL.
- COORDINACION DE RECURSOS HUMANOS.
- COORDINACION DE RELACIONES MUNICIPALES.
ARTÍCULO 2°.- Conforme lo previsto por la Ley N° 5875 Orgánica del Poder Ejecutivo y el Artículo 1° del presente Decreto, modificase la planta de personal de la Jurisdicción “B” MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente (Ley N° 6256), conforme se indica seguidamente:
SUPRIMESE EN:
U. de O. B1 MINISTERIO
ESCALAFON GENERAL (LEY N° 3161)
Categoría N° de Cargos
19 2
18 1
3 1
Total 4
U. de O.B4B DIRECCION PROVINCIAL DEL REGISTRO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS ESCALAFON GENERAL (LEY N° 3161)
Categoría N° de Cargos
22 2
19 2
Total 4
CREANSE EN:
U. de O. SECRETARIA DE JUSTICIA
ESCALAFON PERSONAL JERARQUICO FUERA DE ESCALA
Cargo N° de Cargos
Sub- Secretario de Acceso a la Justicia 1
ESCALAFON PERSONAL SUPERIOR
Cargo
Coordinador de Defensa de los Derechos de las Personas Mayores 1
Coordinador de Observatorio de Gestión 1
Total 3
U. de O. SECRETARIA DE ASUNTOS Y RELACIONES MUNICIPALES ESCALAFON PERSONAL SUPERIOR
Cargo
Coordinador de Fortalecimiento con la Sociedad Civil 1
Total 1
- de O. DIRECCION PROVINCIAL DE ASUNTOS MUNICIPALES
ESCALAFON PERSONAL JERARQUICO FUERA DE ESCALA
Cargo N° de Cargos
Sub. Director Provincial de Asuntos Municipales 1
ESCALAFON PERSONAL SUPERIOR
Cargo N° de Cargos
Coordinador de Relaciones Municipales 1
Total 2
- de O. DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
ESCALAFON PERSONAL SUPERIOR
Cargo N° de Cargos
Coordinador de Recursos Humanos 1
Total 1
ARTICULO 3°.- Transfiérese en la órbita de la Jurisdicción “B” Ministerio de Gobierno y Justicia, desde la U. de O. 1 -Ministerio a la órbita de la U. de O. Secretaría de Justicia, la COORDINACION INSTITUCIONAL Y DE PROGRAMAS.
ARTICULO 4°.- Los titulares de las Coordinaciones creadas por el Artículo 1° del presente Decreto, y que seguidamente se nominan, percibirán como remuneración la equivalente para el cargo de “Director”, a saber:
- Coordinador de Fortalecimiento con la Sociedad Civil.
- Coordinador de Defensa de los Derechos de las Personas Mayores.
- Coordinador de Observatorio de Gestión.
- Coordinador de Recursos Humanos.
- Coordinador de Relaciones Municipales.
ARTICULO 5°.- Modificase la estructura orgánico-funcional de la Jurisdicción “B” Ministerio de Gobierno y Justicia, y asignase a los organismos nominados en el Artículo 1° la Misión y Funciones correspondientes, todo esto consignado en ANEXOS I y II que forman parte integrante del presente Decreto.-
ARTICULO 6°.- Lo dispuesto por el presente Decreto se atenderá con las respectivas Partidas de Gastos en Personal previstas para la Jurisdicción “B” MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, y -en caso de resultar insuficientes- se autoriza a la Dirección Provincial de Presupuesto a transferir los créditos que resulten necesarios tomando fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO: “Para Refuerzo de Partidas de Personal y Reestructuraciones” 1-1-1-20. Consecuentemente, autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar la transferencia de créditos que resulten necesarios para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 8°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, Tribunal de Cuentas y Contaduría de la Provincia, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, pase a la Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal para conocimiento registro. Fecho, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.-
- P. N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR