BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 20/03/23

DECRETO N° 7620-CyT/2023.-

EXPTE. N° 1300-01/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 ENE. 2023.-

VISTO:

La participación del Sr. Ministro de Cultura y Turismo de la Provincia de Jujuy en la Feria Internacional de Turismo FITUR, que se realizará en Madrid, España entre los días 18 al 22 de enero y en el Encuentro Comercial del INPROTUR y la Cámara Argentina de Turismo en Lisboa, Portugal el día 24 de enero del corriente año, y

CONSIDERANDO:

Que, la FITUR es la feria más importante de turismo en el mercado español, con participación de toda la industria turística, siendo una posibilidad para la provincia de Jujuy de participar en rondas de negocio, brindar información del destino, presentar la oferta turística, posicionarse y afianzar vínculos con socios y empresarios de todo el mundo.

Que, la participación de la provincia de Jujuy en el Encuentro Comercial del INPROTUR y la Cámara Argentina de Turismo tiene como objetivo promocionar el destino Argentina en el mercado portugués, con capacitaciones dirigidas a agentes de viajes y citas con operadores y agencias locales.

Que, en el marco de las disposiciones del artículo 18 de la Ley 4.159, corresponde establecer el monto diario de viáticos, que se liquidan por el periodo de duración del viaje, antes de la partida.

Por ello, en uso de facultades propias

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Autorizasen las Comisiones Oficiales al exterior del Sr. Ministro de Cultura y Turismo de Jujuy, Lic. Carlos Federico Posadas D.N.I. 22.958.940 a llevarse a cabo entre los días 18 al 22 de enero de 2.023, en la ciudad de MADRID ESPAÑA, y 24 de enero de 2.023 en la ciudad de LISBOA PORTUGAL, por las razones expresadas en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- Establecer para el Ministro de Cultura y Turismo, Lic. Carlos Federico Posadas, como monto diario de viáticos la suma de dólares estadounidenses trescientos (U$S 300), comprendidos desde el 17 al 25 de Enero de 2.023.-

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande la presente comisión oficial será afrontada con la Partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recurso Ejercicio 2023 de la jurisdicción X1 U. de O. “Ministerio de Cultura y Turismo de Jujuy” 2-2-79-0-1-1 Servicios No Personales -Viáticos y movilidad.-

ARTÍCULO 4°.- Tener presente lo normado en el artículo 30° de la Ley N° 4159 “Régimen General de Viáticos” en lo atinente a la rendición de cuentas ante la autoridad competente.-

ARTICULO 5°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial en forma íntegra y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Cultura y Turismo a demás efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR