BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 20/03/23
MUNICIPALIDAD DE MONTERRICO.-
DECRETO Nº 157/23.-
MONTERRICO, 08 MAR. 2023.-
VISTO:
Las leyes Nº24.449, 26.353, 26363 y sus modificatorias; Decretos Nacionales Nº 779/95, 437/11, 242/22; Leyes Provinciales Nº 4870/95, 5.577/08, 6082/15, Decreto Provincial 6379/22, Ordenanzas Municipales Nº 403/2018, 282/08, 284/08, 348/14; y
CONSIDERANDO:
Que, por las leyes Nº 24.449, 26.353, 26363 y sus modificatorias; Decretos Nacionales Nº 779/95, 437/11, 242/22; Leyes Provinciales Nº 4870/95, 5.577/08, 6082/15, Decreto Provincial 6379/22, Ordenanzas Municipales Nº 403/2018, 282/08, 284/08, 348/14; se estableció como misión principal la reducción de la tasa de siniestralidad en todo el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial.
Que, en el CONSEJO FEDERAL DE SEGURIDAD VIAL fue planteada la necesidad de contemplar modificaciones al actual Sistema de Puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir (“Scoring”), así como la determinación de contenidos mínimos que deben contemplarse en los cursos de recupero parcial y total de puntos a dictarse en todo el territorio de la Nación.
Que, se ha procedido a una actualización del referido “Régimen de Contravenciones y Sanciones por faltas cometidas a la Ley de Tránsito N° 24.449” vigente, con relación a la cantidad de puntos a descontar de la Licencia Nacional de Conducir ante la comisión de faltas a la citada ley, consideradas particularmente perniciosas.
Que, en virtud al Decreto Provincial Nº6379/2022 se considera la adhesión al Decreto Nacional Nº 242/25022 una “herramienta gubernamental tendiente a reducir la tasa de siniestralidad vial sobre la base de un criterio de uniformidad y regularización normativa”. Y que, a nivel local el Concejo Deliberante de Monterrico contempla a las normas de tránsito como convenientes para el desarrollo de contralor del tránsito vehicular que redunda en beneficio de conductores y transeúntes.
Que, en uso de las facultades que le confiere la ley 4466 y concordantes…
Por Ello
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTERRICO
EN ACUERDO CON EL SECRETARIO DE GOBIERNO
DECRETA
ARTICULO 1º.- Adhiérase la Municipalidad de Monterrico al Régimen de Contravenciones y Sanciones por Faltas cometidas a la Ley Nacional N° 24.449 de Transito establecido por el Decreto Nacional Nº 242/2.022.
ARTICULO 2º.- Adhiérase la Municipalidad de Monterrico a los contenidos mínimos de cursos para recupero parcial y total de puntos, establecidos por el Decreto Nº 242/2.022.
ARTICULO 3º.-Previa toma de razón, pase a las dependencias pertinentes para su conocimiento y demás efectos. Regístrese. Cumplido Archívese.-
Prof. Nilson Gabriel Ortega
Intendente