BOLETÍN OFICIAL Nº 135 – 02/12/15

Icon_PDF_6DECRETO-ACUERDO Nº 5068-H

EXPTE. Nº 500-372/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2014.-

VISTO:

Las Leyes Nº 4307, y Nº 5.749, los Decretos-Acuerdos Nº 3431-H-13. Nº 4718-H-14 y,

CONSIDERANDO:

Que, las Leyes Nº 4.307 y Nº 5.794 autorizan al Poder Ejecutivo a establecer la política salarial del Sector Público Provincial;

Que, por Decreto-Acuerdo Nº 3431-H-13 se crea un Suplemento No Remunerativo No Bonificable por persona, el que por Decreto Acuerdo Nº 4718-H-14 fue incrementado en los términos establecidos en sus artículos 1º y 2º,

Que, es decisión de esta Administración disponer una nueva medida que se aplicara a partir del 1º de junio de 2014;

Por ello y en uso de sus facultades;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Dispónese, a partir del 1º de junio de 2014, un incremento del 5% (cinco por ciento) sobre el Suplemento establecido por Decreto-Acuerdo Nº 3431-H-13 según lo señalado  en el exordio.

ARTÍCULO 2º.-La erogación que demande lo establecido en el presente ordenamiento, se imputará a la partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.

ARTICULO 3º.-Autorizase al Ministerio de Hacienda a dictar la normativa interpretativa y reglamentaria necesaria para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto-Acuerdo.

ARTÍCULO 4º.-Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto-Acuerdo.

ARTÍCULO 5º.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese-en forma sintética-en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Ministerio de Hacienda a sus efectos.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR