BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 20/03/23

Por medio de la presente se hace saber a usted que en el expediente C-206490-2022 caratulado Ejecutivo CHOQUE FABRICIO ABRAHAM c/ OVEJERO ALDO DANIEL se ha dictado el siguiente proveído San Salvador de Jujuy, 9 de septiembre del 2.022. Proveyendo los ESCRITOS Nº 356646, 356186, 356168 y 366901, y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472 inc. 4, 478 y 480 del C.P.C, líbrese Mandamiento de PAGO, EJECUCIÓN y EMBARGO en contra del Sr. OVEJERO ALDO DANIEL, D.N.I. Nº 22.583.030, por la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL ($110.000), en concepto de capital reclamado, con más la suma de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL ($55.000), calculada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. En el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio de los acreedores prendarios o Juez embargante. Cítesela de REMATE a la parte demandada para que oponga excepciones legítimas si las tuviere, dentro del plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costas, por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, y también por el mismo plazo antes señalado, se intima al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de Tres Kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificarlo en lo sucesivo por ministerio de ley (Art. 52 del C.P.C.) A tal fin, comisiónese para el cumplimiento de lo ordenado al Sr. Oficial de Justicia para requerir el auxilio de la fuerza pública, en caso de ser necesario, para allanar domicilio. Notificaciones en Secretaría: martes y jueves, o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese (Art. 155 del C.P.C.). G.T. Fdo. Dra. Marisa E. Rondon- Juez Ante Mi: Dra. María Belén Poder Judicial de la Provincia de Jujuy Juzgado de Primera Instancia Nº 3- Secretaría 5 Independencia Nº 987- San Salvador de Jujuy Domínguez- Prosecretaria.- Notifíquese mediante edicto lo que deberán ser publicados por tres veces en cinco días en el boletín oficial y en un diario local , haciendo saber a la demandada que deberá presentarse a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de designar al defensor oficial como su representante con quien se seguirá el juicio – art 474 del C.P.C- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon-Juez; Ante Mi Dra. María Laura López Pfister-Secretaria.-

 

17/20/22 MAR. LIQ. Nº 31688 $1.650,00.-