BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 10/03/23

La Dra. María Valeria Zarate-  Prosecretaria del Juzgado de Primera Instancia Nº 7 – Secretaría 13, ubicado en calle Independencia Nº 987  de esta ciudad de San Salvador de Jujuy, hace saber que en el Expediente Nº C-215071/2022 caratulado: “INFORMACIÓN SUMARIA: FARFAN SORIA, MARIA INES”, se ha  dictado el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 14 de febrero de 2023.- 1) Proveyendo la presentación que antecede, téngase por presentada a la Dra. Dafne Georgina Rodríguez, en nombre y representación de la Sra. María Inés Farfán, quien interviene en representación de su hijo menor de edad Tomás Ignacio Avellaneda, a mérito de la copia debidamente juramentada de poder general para juicios que acompaña. Por constituido domicilio legal y por parte.- 2) Agréguese la documental que acompaña. En consecuencia, por cumplido lo dispuesto en 27/12/2022- 3) Ordénase la recaratulación de la presente causa como: “Sumarísimo por Cambio de Nombre: María Inés Farfán”. Remítase a Mesa General de Entradas a sus efectos.- 4) Admítase la presente acción por cambio de nombre, la que se tramitará de conformidad a las prescripciones del art. 395 cctes. y sgtes. del CPC y art. 70 del CCC.- 5) Por ofrecida la Prueba: Documental: téngase presente. De oficios: Líbrese oficio a la Vocalía 3, Sala II, del Tribunal de Familia, a fin de solicitar la remisión como prueba del -I- expediente Nº C-137448/2019 caratulado: “Alimentos en exp. principal C-092878/2017: Farfán Soria, María Inés c/ Avellaneda Poci, Lucas Germán”; -II- expediente N°: C-170382/2020 caratulado: “Alimentos en exp. principal C-137448/2019. Farfán Soria María Inés c/ Avellaneda Zuleta, Manuel Gabriel”; y -III- expediente N°: C-189401/2021 caratulado: “Incidente de Modificación de Régimen Comunicacional en exp. principal C-137932/2019, Avellaneda Poci, Lucas Germán c/ Farfán Soria, María Inés”. Testimonial: Ténganse presente para el caso de ser necesario.- 6) Publíquense EDICTOS en el Boletín Oficial y en un diario local, una vez por mes en el lapso de DOS MESES (art. 70 CCC).- 7) Líbrese Oficio a la Dirección de Inmuebles de la Provincia a fin de que proceda a informar si sobre Tomás Ignacio Avellaneda, DNI 54.754.675, pesan inhabilidades e inhibiciones (art. 43 Ley Prov. 3327/7).- 8) Líbrese Oficio al Registro Civil y Capacidad de las Personas a fin de que proceda a informar si sobre Tomás Ignacio Avellaneda, DNI 54.754.675, pesan inhabilidades e inhibiciones (art. 76 D.L. Nacional N° 2204/63).- 9) Líbrese oficio a Mesa General de Entradas, a fin de que informe si se registran causas a nombre de Tomás Ignacio Avellaneda, DNI 54.754.675.- 10) Dese intervención, al Defensor de Menores que por turno corresponda, al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, y al Ministerio Público Fiscal (Art. 103 del CCC).- 11) Notifíquese la presente providencia al Sr. Lucas German Avellaneda Poci en su domicilio real 12) Notificaciones en Secretaría: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- 13) Notifíquese por cédula.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal – Jueza Ante Mí: Dra. María Valeria Zárate Prosecretaria.- Dado, firmado y sellado en la sala de mi público despacho.- San Salvador de Jujuy el 27 de febrero de 2023.-

 

10 MAR. 10 ABR. LIQ. Nº 31579-31600 $1.100,00.-